Resolución 441/1998

Obra Social De Actores

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Obras Sociales
Obra Social De Actores

Mantienese su inscripcion en el registro de agentes del sistema nacional del serguro de salud para la atencion medica de jubilados y pensionados, acrante que solo regira para aquellos jubilados y pensionados de origen.-

Id norma: 50458 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28882

Fecha boletin: 22/04/1998 Fecha sancion: 01/04/1998 Numero de norma 441/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional Del Seguro De Salud Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Nacional del Seguro de Salud

OBRAS SOCIALES

Resolución 441/98

Mantiénese la inscripción de la Obra Social de Actores, en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, aclarando que solo regirá para aquellos jubilados y pensionados de origen.

Bs. As., 1/4/98

B.O: 22/4/98

VISTO, la Actuación Nº 35272/95-ANSSAL y las Resolución Nº 3203/95-ANSSAL y la Nº 946/97-ANSSAL; y

CONSIDERANDO:

Que la Obra Social de Actores (RNOS Nº 10020) se encuentra inscripta en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la atención médica de Jubilados y Pensionados creada por Decreto Nº 292/95.

Que la citada obra social solicita restringir su inscripción a la atención de jubilados y pensionados de origen.

Que no pueden afectarse los derechos adquiridos por quienes hayan adherido a dicha Obra Social y revistan actualmente como beneficiarios de la misma.

Que las áreas técnicas pertinentes han emitido opinión favorable, y la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia a través del Dictamen respectivo.

Por ello, y lo dispuesto por Leyes 23.660 y 23.661 y Decretos 784/93, 785/93, 292/ 95 y 492/95.

EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD
RESUELVE;:

Artículo 1º-Mantener la inscripción en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados a la Obra Social de Actores bajo el Nº 1-0042, aclarando que regirá solo para la atención de jubilados y pensionados de origen.

Art. 2º-La presente tendrá vigencia con posterioridad a su publicación en el Boletín Oficial, y no afectará los derechos de aquellos jubilados y pensionados que hubieran optado por esta Obra Social en función de la Resolución Nº 0946/97-ANSSAL.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- José L. Lingeri.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica