Resolución 339/1998

Retiro Voluntario - Relevamiento -

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Publica Nacional / Seguridad Social
Retiro Voluntario - Relevamiento -

Establecese la realizacion de un relevamiento de personas que habiendo trabajado en relacion de depndencia en la administracion publica nacional, hubieren cesado en la actividad por retiro voluntario.-

Id norma: 51084 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28908

Fecha boletin: 01/06/1998 Fecha sancion: 26/05/1998 Numero de norma 339/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De La Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Nacional de la Seguridad Social

SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 339/98

Establécese la realización de un relevamientode personas que habiendo trabajado en relación de dependenciaen la Administración Pública Nacional, hubierencesado en la actividad por retiro voluntario.

Bs. As., 26/5/98

B.O: 1/6/98

VISTO el Expediente Nº 024-99-80360999-0-790 del Registrode esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES),y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita el pedido efectuadopor Nota S.P. Nº 489, SSS Nº 1942 de fecha 24 de abrilde 1998, por la que la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL encomendóa esta Administración Nacional efectuar en todo el paísun relevamiento a los efectos de conformar un registro de laspersonas que hubieren trabajado en relación de dependenciaen la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, sus reparticiones u otrosorganismos descentralizados o autárquicos, empresas delEstado, sociedades de economía mixta, servicios de cuentasespeciales y obras sociales del sector público, que reuniendolos restantes requisitos para el logro de las prestaciones delSistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, hubieren cesadoen la actividad por retiro voluntario dentro de los CINCO (5)años inmediatamente anteriores al 15 de julio de 1994,y que a esa fecha acreditaren no menos de CINCUENTA (50) añosde edad la mujeres y CINCUENTA Y CINCO (55) años de edadlos hombres.

Que a los efectos indicados, la Gerencia Productos y Serviciosde esta Administración Nacional ha confeccionado un formulariopara ser cumplimentado a partir del 1º de julio de 1998 porquienes se encontraren en las condiciones señaladas, elaborándoseluego con los datos registrados un padrón especial.

Que en consecuencia, corresponde aprobar el Formulario que permitirállevar a la práctica el citado relevamiento, como asítambién, asegurar el procesamiento informático delos datos con el objeto de informar sus resultados a la SECRETARIADE SEGURIDAD SOCIAL.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultadesconferidas por el artículo 3º del Decreto Nº2741/91 y por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDADSOCIALRESUELVE:

Artículo 1°-Establécese en el ámbitode esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la realizaciónde un relevamiento de las personas que hubieren trabajado en relaciónde dependencia en la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, sus reparticionesu otros organismos descentralizados o autárquicos, empresasdel Estado, sociedades de economía mixta, servicios decuentas especiales y obras sociales del sector público,que reuniendo los restantes requisitos para el logro de las prestacionesdel Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, hubieren cesadoen la actividad por retiro voluntario dentro de los CINCO (5)años inmediatamente anteriores al 15 de julio de 1994,y que a esa fecha acreditaren no menos de CINCUENTA (50) añosde edad las mujeres y CINCUENTA Y CINCO (55) años de edadlos hombres.

Art. 2°-El relevamiento dispuesto en el artículoprecedente, se efectuará a partir del 1º de juliode 1998 y hasta el 31 de agosto de 1998 a través de lasUnidades de Atención Integral (UDAI), Delegaciones u Oficinasde esta Administración Nacional, las cuales asesorarány entregarán a los interesados el formulario aprobado porla presente Resolución, el cual, una vez cumplimentadoserá recepcionado en las citadas dependencias. Los datosobtenidos por este relevamiento deberán conformar un archivode antecedentes, cuyo resultado será enviado a la SECRETARIADE SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 3°-Encomiéndase a la Gerencia Productosy Servicios el dictado de la norma de procedimiento que resultenecesario para el cumplimiento de lo dispuesto en la presenteResolución.

Art 4°-Apruébase el Formulario de relevamientode datos de las personas comprendidas en el mismo, que como ANEXOI forma parte de esta Resolución.

Art. 5°-Regístrese, comuníquese, publíquesedése a la Dirección Nacional del Registro Oficialy archívese. -Saúl Bouer.

ANEXO I

(1) Indicar "M" Masculino o "F" Femenino

(2) Tachar el Tipo de Documento que no corresponda y completarcon el número de derecha a izquierda.

(3) Indicar si tiene Cédula de Identidad completando conel número de derecha a izquierda.

(4) Indicar sólo en caso de haber completado el númerode Cédula de Identidad.

(5) Indicar "ARG" si es argentino o "EXT"si es extranjero.

(6) Indicar con "X" donde corresponda.

(7) Indicar número de Ley que generó el retiro.

(8) Indicar nombre de la empresa, repartición o empleadoren caso de haber desempeñado tareas bajo relaciónde dependencia.

(9) Indicar actividad principal de la empresa.

(10) Indicar la tarea o cargo que desempeñó en laempresa o por cuenta propia.

(11) Podrá certificar la firma en Comisaría o porel Gerente de Recursos Humanos o Personal de la reparticiónen la que prestaba servicios al momento del retiro.

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