Resolución 47/1998

Precio De Venta Al Publico

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Direccion Nacional Del Registro Oficial
Precio De Venta Al Publico

Fijase el precio de venta al publico de la separata conteniendo las leyes del consejo de la magistratura nros. 24937 y 24939, la ley organica del ministerio publico n° 24946 y la acordada n° 14/98 de la carte suprema de justicia de la nacion, aprobando el reglamento para la eleccion de los jueces y el jurado de enjuiciamiento.

Id norma: 51240 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28914

Fecha boletin: 10/06/1998 Fecha sancion: 03/06/1998 Numero de norma 47/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Asuntos Tecnicos Y Legislativos Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Asuntos Técnicos y Legislativos

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Resolución 47/98

Fíjase el precio de venta al público de la Separataconteniendo las Leyes del Consejo de la Magistratura Nros. 24.937y 24.939, la Ley Orgánica del Ministerio PúblicoN° 24.946 y la Acordada N° 14/98 de la Corte Supremade Justicia de la Nación, aprobando el Reglamento parala elección de los Jueces y el Jurado de Enjuiciamiento.

Bs. As., 3/6/98

B.O.: 10/06/98

VISTO el Expediente N° 117.848/98 del registro de este Ministerio,y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario fijar el precio de venta al públicode la Separata conteniendo las Leyes del Consejo de la MagistraturaNros. 24.937 y 24.939, y la Ley Orgánica del MinisterioPúblico N° 24.946; como también la AcordadaN° 14/98 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,aprobando el Reglamento para la elección de los Juecesy el Jurado de Enjuiciamiento.

Que el precio propuesto por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL, es adecuado a los costos de producción gráfica,materiales y gastos administrativos que demanda la edición,como también a los valores del mercado.

Que es facultad del suscripto disponer en la materia, conformelo establecido por el artículo 10 del Decreto N° 485/88,Decreto N° 1404/91, y la Resolución M.J. N° 006/96,artículo 2° Anexo II.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ASUNTOS TECNICOS Y LEGISLATIVOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Fíjase en la suma de PESOSDOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.50) el precio de venta al público,por unidad, de la Separata conteniendo las Leyes del Consejo dela Magistratura Nros. 24.937 y 24.939, y la Ley Orgánicadel Ministerio Público N° 24.946; como tambiénla Acordada N° 14/98 de la Corte Suprema de Justicia de laNación, aprobando el Reglamento para la elecciónde los Jueces y el Jurado de Enjuiciamiento, a editar por la DirecciónNacional del Registro Oficial.

Art. 2°-Comuníquese, publíquese, désea la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Gustavo A. Naveira.

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