Resolución 207/1998

Unidad Dispa - Creacion -

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Actividades Espaciales
Unidad Dispa - Creacion -

Crease la unidad de "distribucion de imagenes satelitales y promocion de sus aplicaciones" (dispa).-

Id norma: 51291 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28916

Fecha boletin: 12/06/1998 Fecha sancion: 15/05/1998 Numero de norma 207/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Nacional De Actividades Espaciales Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISION NACIONAL DE
ACTIVIDADES ESPACIALES

Resolución N° 207/98

Bs. As., 15/5/98

B.O: 12/06/98

VISTO el Decreto 2076/98 por el que se aprueba el Plan Espacial Nacional,
y

CONSIDERANDO:

Que el Plan Espacial Nacional centra su accionar en la generación
de Ciclos de Información Espacial Completos para diferentes áreas
de la actividad socioeconómica del país, para cuya generación
se requiere, entre otras, una apropiada disponibilidad de imágenes
satelitales.

Que se hace necesario disponer de un mecanismo de interacción
directa con los usuarios actuales o potenciales de las imágenes
satelitales.

Que asimismo este mecanismo debe permitir una fluida recepción
de los requerimientos para la aplicación de imágenes planteados
por los usuarios y estimular nuevos requerimientos.

Que de ello se deriva la necesidad de contar con un sector de CONAE
que sea interlocutor único y valido entre los sectores del Organismo
que captan y procesan la información satelital y/o desarrollan aplicaciones
de la misma con los actuales o potenciales usuarios.

Que el tema fue analizado en reunión de gerentes técnicos
con el Director Ejecutivo y Técnico resolviéndose que es
conveniente que el sector de CONAE aludido en el párrafo anterior
funcione en el ámbito de la Dirección Ejecutiva y Técnica.

Que el Decreto 995/91 ratificado por el artículo 35 de la Ley
11.672 (t. o. Decreto 1486/97) y los Decretos 762/93 y 1662/96 confieren
las facultades para este acto.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO Y TECNICO DE LA COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES
ESPACIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°—Créase en el ámbito de la Dirección
Ejecutiva y Técnica la Unidad de "Distribución de Imágenes
Satelitales y Promoción de sus Aplicaciones", (DISPA) la que tendrá
las siguientes funciones:

i) La distribución de las imágenes satelitales generadas
por la CONAE.

ii) La promoción del uso de las imágenes satelitales en
la actividad socioeconómica.

ARTICULO 2°—La organización de la DISPA, así
como las acciones a desarrollar y los procedimientos para su funcionamiento
se detallan en el Anexo I de la presente.

ARTICULO 3°—A partir de la fecha de la presente Resolución
la Gerencia de Gestión Tecnológica, responsable de la operación
de la Estación de Recepción de Imágenes Satelitales
de CONAE, solamente dará curso a las solicitudes de imágenes
satelitales o servicios de apoyo técnico que provengan de la DISPA.

ARTICULO 4°—Regístrese, comuníquese a todas
las Gerencias. Dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Archívese.—Dr.
CONRADO FRANCO VAROTTO, Director Ejecutivo y Técnico, Comisión
Nacional de Actividades Espaciales.

ANEXO I

Organización de la DISPA

La DISPA tendrá el siguiente esquema organizativo:

a) Un Coordinador, que reportará directamente al Director Ejecutivo
y Técnico de CONAE.

b) Un sector que tendrá a su cargo la atención de los
Demandantes de imágenes satelitales para aplicaciones socioeconómicas
preestablecidas.

c) Un sector que tendrá a su cargo el asesoramiento técnico
a los demandantes, tanto actuales como potenciales. de imágenes
satelitales para ser utilizadas en aplicaciones socioeconómicas
ya desarrolladas.

d) Un sector que tendrá a su cargo la promoción del uso
de imágenes satelitales en la actividad socioeconómica.

Funcionamiento de la DISPA

a) Todo requerimiento de imágenes satelitales, sea efectuado
por demandantes internos como externos a la CONAE deberá ser efectuado
a la DISPA. Para la satisfacción de los requerimientos la DISPA
observará el siguiente orden de prioridades:

i) Mínima. Se refiere a los requerimientos que DISPA origina
por razones de archivo o para previsiones futuras.

ii) Normal. Son los requerimientos que serán satisfechos por
orden de ingreso a la DISPA de la solicitud correspondiente.

iii) Intermedia: Dicha calificación será fijada por el
Coordinador de la DISPA. Esta prioridad tendrá prelación
sobre las anteriores.

iv) Máxima. Dicha calificación será fijada por
el Director Ejecutivo y Técnico de la CONAE y tendrá prelación
sobre las anteriores.

b) Facturación. Toda imagen o trabajo provisto por la DISPA.
sea a requirentes internos o externos a la CONAE será facturada
a los valores fijados por la CONAE incluyendo en forma explícita
los descuentos de aplicación.

c) Gestión administrativa. Toda la gestión administrativa
relacionada con la actividad de la DISPA será de responsabilidad
del Coordinador de la misma, quien deberá acordar con la Gerencia
de Administración y Finanzas la forma de implementarla. Lo acordado
será integrado a los procedimientos administrativos de CONAE.

d) Acciones de Asistencia Técnica: La DISPA coordinará
dichas acciones con la gerencia de Gestión Tecnológica de
CONAE, respetando la estructura matricial del Organismo y cuando por la
naturaleza de las necesidades detectadas se considerare necesario dará
intervención a la Gerencia de Institucionales y Planificación.

e) Acciones de Promoción: La DISPA coordinará dichas acciones
con la gerencia de Gestión Tecnológica de CONAE, respetando
la estructura matricial del Organismo y cuando por la naturaleza de las
necesidades detectadas se considerare necesario dará intervención
a la Gerencia de Institucionales y Planificación.

e. 12/6 N° 231.040 v. 12/6/98.

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