Disposición 5114/1998

Estudiantes Universitarios

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Migraciones
Estudiantes Universitarios

Apruebase el regimen especial de admision de extranjeros comprendidos en el programa de intercambio de estudiantes universitarios pormovido por asatej srl conjuntamente con el council of internacional educational exchange de los estados unidos de america.

Id norma: 52544 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 28966

Fecha boletin: 26/08/1998 Fecha sancion: 11/08/1998 Numero de norma 5114/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Migraciones Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Dirección Nacional de Migraciones

MIGRACIONES

Disposición 5114/98

Apruébase el régimen especial de admisiónde extranjeros comprendidos en el Programa de Intercambio de EstudiantesUniversitarios/Terciarios promovido por Asatej S.R.L., conjuntamentecon el Council of International Educational Exchange de los EstadosUnidos de América.

Bs.As., 11/08/98.

B. O.: 26/08/98.

VISTO el Expediente DNM N° 209.690-1/96 c/agr. 206.979-6/97,y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASATEJ S.R.L., solicita la aprobación deun régimen especial que permita a los extranjeros de todaslas nacionalidades afectados al plan de intercambio estudiantil-laboralcelebrado con el Council of International Educational Exchangede ingresar y permanecer en la República por un lapso noinferior a cuatro meses en el año (mayo a setiembre).

Que la actividad a desarrollar por los jóvenes comprendidosen el plan de intercambio, consiste en el desempeño deuna actividad laboral, fruto de la búsqueda que el propiointeresado efectuará como parte de su experiencia de vida.

Que la empresa solicitante funcionaría como organizacióncooperativa tanto en el reclutamiento y selección de estudiantesargentinos a enviar a los Estados Unidos de América, comoen la asistencia de los estudiantes extranjeros durante su estadíaen la República Argentina.

Que las instituciones involucradas en el Programa han acreditadosuficiente solvencia y trayectoria como para garantizar la seriedaddel proyecto a realizar.

Que la Subsecretaría de Asuntos Estudiantiles de la Universidadde Buenos Aires se ha adherido al programa de ASATEJ, declarándolocomo de interés y beneficio para los estudiantes de esacasa de altos estudios.

Que el proyecto propuesto es merecedor de un tratamiento especial,tendiente a facilitar la obtención de visas de ingresoa quienes sean seleccionados para participar en él.

Que el programa puesto en marcha podría tener cabida enlos términos de la Disposición DNM N° 19/94aprobada por Resolución N° 3580/94 de la ex-Secretaríade Población y Relaciones con la Comunidad, la que encuadróa los extranjeros a ingresar en el marco de programas estudiantiles,en las previsiones del Art. 27 'in fine' del Reglamento de Migración.

Que la Subsecretaría de Población, en relaciónal programa de intercambio formulado por ASATEJ S.R.L., se haexpedido considerando comprendidos a los extranjeros involucradosen el Programa, en los términos de la DisposiciónDNM N° 19/94 ya citada.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE:

Artículo 1º- Apruébase el régimenespecial de admisión de extranjeros comprendidos en elPrograma de Intercambio de Estudiantes Universitarios/Terciariospromovido por ASATEJ S.R.L. conjuntamente con el Council of InternationalEducational Exchange de los Estados Unidos de América.

Art. 2º- Considéranse incluidos a los extranjeroscomprendidos en ese Programa en los términos de la DisposiciónDNM N° 19/94 aprobada por Resolución N° 3580/94de la Secretaría de Población y Relaciones con laComunidad.

Art. 3º- Si los extranjeros hubieren alcanzado lamayoría de edad, de acuerdo con la legislación vigenteen el país de procedencia, deberán así acreditarloen cuyo caso regirá a su respecto el Art. 4° de lacitada Disposición DNM N° 19/94.

Art. 4°- Las obligaciones impuestas en el Art. 5°de la Disposición DNM N° 19/94 rigen aún cuandolos extranjeros a ingresar fueran mayores de edad, debiendo ademásinformar la entidad responsable acerca de la empresa donde cadaestudiante efectuará las pasantías laborales.

Art. 5º- La presente comenzará a regir a partirdel día siguiente de su publicación.

Art. 6º- Regístrese y comuníquese. Désea la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.Hecho, archívese. - Hugo A. Franco.

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