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Resolución 1455/1998
Fenomenos Metereologicos
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Obras Sociales
Fenomenos Metereologicos
Destinase una suma para el bimestre julio/agosto de 1998 en caracter de apoyo financiero para las obras sociales que cubran poblacion beneficiaria en las provincias que resultaron afectadas por fenomenos metereologicos.
Id norma: 52642 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28969
Fecha boletin: 31/08/1998 Fecha sancion: 25/08/1998 Numero de norma 1455/1998
Organismo (s)
Organismo origen: Administracion De Programas Especiales Ver Resoluciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
Administración de Programas Especiales
OBRAS SOCIALES.
Resolución 1455/98
Destínase una suma para el bimestre julio/ agosto de1998 en carácter de apoyo financiero para las Obras Socialesque cubran población beneficiaria en las Provincias queresultaron afectadas por fenómenos meteorológicos.
Bs. As., 25/8/98
B.O: 31/08/98
VISTO la Resolución N° 003/98-APE; y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Resolución se implementó el mecanismonecesario para atender los pedidos de apoyos financieros de ObrasSociales para la cobertura médica asistencial de la poblaciónbeneficiaria de las mismas incluida dentro de las zonas afectadaspor fenómenos meteorológicos, disponiendo el Artículo1º de la norma citada el monto del presupuesto de - estaAdministración de Programas Especiales para el trimestremayo - julio de 1998.
Que la demanda ha superado las previsiones iniciales al dictadode la Resolución del Visto, viendo la conveniencia de establecerel monto presupuestario para el bimestre julio/agosto '98, yaque no se encuentran a la fecha totalmente solucionadas las situacionesde emergencia que motivaron el dictado de la Resolución.
Por ello y de acuerdo con lo dispuesto a través de losDecretos Nros. 53/98 y 62/98.
EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE:
Artículo 1°- Destínase del presupuestode este Administración de Programas Especiales la sumade PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) para el bimestre julio/agostode l998 en carácter de apoyo financiero para las ObrasSociales que cubran población beneficiaria en las Provinciasque resultaron afectadas por los fenómenos meteorológicosque dieron origen al dictado de la Resolución N° 003/98-APE.
Art. 2°- Los trámites que se sustancien deberánajustarse a la Resolución N° 003198-APE.
Art. 3°- Como excepción se deja sin efectoel cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 6ºde la Resolución Nº 003/98-APE.
Art. 4º- Regístrese, comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional del Registro Oficialy oportunamente, archívese.- Carlos F. Lapadula.
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