Disposición 5280/1998

Tarjeta De Entrada - Salida - Mercosur

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Migraciones
Tarjeta De Entrada - Salida - Mercosur

Incorporanse a las disposicones normativas migratorias vigentes, las resoluciones gmc nros. 74/96 y 75/96 relativas al modelo de tarjeta de entrada/salida (tes) y al reconocimiento de la valides de los documentos de identificacion personal de cada estado parte para el transito de personas en los paises del mercosur.-

Id norma: 52913 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 28978

Fecha boletin: 11/09/1998 Fecha sancion: 31/08/1998 Numero de norma 5280/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Migraciones Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Dirección Nacional de Migraciones
MIGRACIONES
Disposición 5280/98
Incorpóranse a las disposiciones normativas migratorias vigentes, las Resoluciones GMC Nros. 74/96 y 75/96 relativas al modelo de Tarjeta de Entrada/Salida (TES) y al reconocimiento de la validez de los documentos de identificación personal de cada Estado Parte para el transito de personas en los países del Mercosur. Dejase sin efecto la Disposición N° 3975/96.
Bs. As., 31/8/98
B.O: 11/09/98
VISTO la Disposición DNM Nº 3975/96, y
CONSIDERANDO:
Que en la mencionada Disposición se incorporó como Anexo I la Resolución GMC N° 58/ 96 por la que se aprobó el modelo de tarjeta de Entrada/Salida (TES) y la Resolución GMC N° 63/96 por la que se establecieron los documentos de identificación personal validos a los efectos del tránsito de personas entre los países del MERCOSUR.
Que el Grupo Mercado Común a través de las Resoluciones GMC números 74 y 75/96 revocó las Resoluciones mencionadas en el primer considerando de la presente.
Que, por lo expuesto, procede incorporar a la normativa migratoria vigente las nuevas Resoluciones del Grupo Mercado Común y dejar sin efecto la Disposición citada en el Visto.
Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
Artículo 1°-INCORPORANSE a las disposiciones normativas migratorias vigentes, las Resoluciones GMC números 74 y 75/96 que como Anexo I y II integran la presente.
Art. 2°- DEROGASE la Disposición DNM N° 3975/96.
Art. 3°- Regístrese, comuníquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Hecho. archívese.-Hugo A. Franco
NOTA: Los Anexos correspondientes a la Disposición 5280/98 podrán ser consultados en el Boletín Oficial del día 11 de Septiembre de 1998 (pág. 20).

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