Resolución 251/1998

Declaracion Jurada Anual - Año 1997

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Establecimientos Industriales Y/O Especiales
Declaracion Jurada Anual - Año 1997

Prorrogase el plazo para la adquisicion de los formularios e instructivos y la presentacion de la declaracion jurada correspondiente al año 1997, por parte de los establecimientos industriales y/o especiales.

Id norma: 55539 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29063

Fecha boletin: 14/01/1999 Fecha sancion: 29/12/1998 Numero de norma 251/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional Del Agua Y Del Ambiente Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE
Resolución 251/98
Prorrógase el plazo para la adquisición de los formularios e instructivos y la presentación de la declaración jurada correspondiente al año 1997, por parte de los establecimientos industriales y/o especiales.
Ezeiza, 29/12/98
VISTO, los Decretos N° 674/89, 776/92, 1403/96 y 74/97 y las Resoluciones y Disposiciones dictadas en su consecuencia, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 10 del Decreto N° 674/89 establece que todos los establecimientos industriales y/o especiales están obligados a presentar una declaración jurada anual conteniendo los datos que se especifican en las Disposiciones Instrumentales del citado Decreto.
Que a todo establecimiento que no efectúe la presentación en termino de la declaración jurada anual se le aplicará la multa prevista en el artículo 15° del Decreto N° 674/89.
Que se ha realizado el llamado a presentación en término de la declaración jurada anual correspondiente al año 1997 mediante Resolución INA N° 166 de fecha 24.09.98, habiendo finalizado el mismo el 18.12.98.
Que por Decreto N° 1403/96, el Instituto Nacional del Agua y del Ambiente realiza las funciones operativas derivadas del Poder de Policía en materia de Control de la Contaminación, en lo que hace a la calidad de las aguas naturales, superficiales y subterráneas y de todo tipo de vertidos de establecimientos industriales y especiales, incluidos los peligrosos, arrojados directa o indirectamente a un recurso hídrico.
Que ha tomado la intervención el Servicio Jurídico Permanente de este organismo.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de los Decretos N° 674/89, 776/92, 1403/96 y 74/97.
Por ello
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorrogar hasta el día 1 de abril de 1999 el plazo para la adquisición de los formularios e instructivos y la presentación de la declaración jurada correspondiente al año 1997.
Art. 2° — Fijar como lugar de presentación la Mesa de Entradas, Salidas y archivo del Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, sito en Autopista Ezeiza - Cañuelas, Tramo Jorge Newbery Km. 1,620 - Ezeiza.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, en el Boletín Oficial y cumplido oportunamente archívese. — Mario R. De Marco Naon.

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