Resolución 18/1999

Creacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision De Mani
Creacion

Crease la comision de mani con el objetivo de coordinar los temas y acciones principales relativas a este cultivo.

Id norma: 55664 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29069

Fecha boletin: 22/01/1999 Fecha sancion: 15/01/1999 Numero de norma 18/1999

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Agricultura, Pesca Y Alimentacion Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
Resolución N° 18/99
Bs. As., 15/1/99
B.O.: 22/1/99
VISTO el expediente N° 800-000210/99 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y que es preciso proponer y coordinar las actividades tendientes a analizar la problemática presente y futura relacionada con la producción de maní y,
CONSIDERANDO:
Que las conclusiones de la XIII Jornada nacional de Maní, realizada en la Ciudad de General Cabrera en la Provincia de Córdoba, con fecha 24 de septiembre de 1998, enumeran una serie de acciones necesarias para mejorar la producción y la calidad del producto obtenido.
Que la tendencia de los últimos anos, indica crecimiento en el número de hectáreas sembradas, mejoras importantes en las etapas de procesamiento e incremento de la calidad, presentando perspectivas promisorias que llevarían a la República Argentina a convertirse en el primer exportador mundial de maní tipo confitería.
Que debido al bajo consumo interno es necesario implementar mecanismos de promoción que permitan incrementar dicho consumo.
Que el sistema productivo argentino y la tecnología disponible permiten obtener costos de producción muy por debajo de nuestros principales países competidores.
Que resulta necesario realizar investigaciones para generar nuevas respuestas adecuadas a nuestra realidad a través del mejoramiento genético y otras tecnologías entre las que se destacan los aspectos fitosanitarios del cultivo.
Que así mismo es menester impulsar la permanente modernización y perfeccionamiento de los sistemas de cosecha, como también los de proceso, a los efectos de garantizar que a los consumidores llegue un producto de alta calidad.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que el suscrito es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el Decreto N° 2773 del 29 de diciembre de 1992 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:
ARTICULO 1°-Crease la Comisión de Maní con el objetivo de coordinar los temas y acciones principales relativas a este cultivo.
ARTICULO 2°-La Comisión de Maní estera presidida por el Subsecretario de Agricultura, Ganadería y Forestación e integrada por representantes de SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), Facultad de Ciencias Agropecuarias de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA, Facultad de Ciencias Agrarias de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO, CAMARA ARGENTINA DEL MANI, SOCIEDAD RURAL ARGENTINA (SRA), CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA COOPERATIVA LIMITADA (CONINAGRO), CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (CRA), FEDERACION AGRARIA ARGENTINA (FM), CENTRO DE INGENIEROS AGRONOMOS de General Cabrera, INSTITUTO DE CITOPATOLOGIA Y FISIOLOGIA VEGETAL (IIFIVE), CONSEJO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA (CONICOR), CENTRO DE EXCELENCIA EN PRODUCTOS Y PROCESOS DE CORDOBA (CEPROCOR), INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA de Marcos Juárez, INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA de Manfredi, SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS RENOVABLES de la Provincia de Córdoba, SECYT, CENTRO DE INGENIEROS AGRONOMOS del Sur de Córdoba, SOCIEDAD RURAL DE RIO CUARTO, SOCIEDAD DE ACOPIADORES DE GRANOS de la Provincia de Córdoba.
ARTICULO 3°-Los integrantes de la Comisión creada por el Artículo 1° de la presente Resolución desempeñarán su función ad honorem.
ARTICULO 4°-La Comisión tendrá como acciones y funciones:
a) Producir recomendaciones para impulsar cambios en el manejo actual del cultivo.
b) Definir e implementar estrategias para promover aumentos de la producción y calidad del cultivo.
c) Proponer medidas destinadas a lograr la complementación entre las actividades de las distintas entidades participantes.
d) Analizar, promover y difundir lineamientos generales sobre investigación y tecnologías apropiadas a nuestra realidad.
e) Promover nuevas áreas de siembra, en términos de apoyar alternativas de diversificación y acceder a nuevos mercados.
ARTICULO 5°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-GUMERSINDO F. ALONSO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
e. 22/1 N° 263.669 v. 22/1/99

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