Resolución 56/1999

Primera Bienal Nacional Del Deporte En El Arte

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Premios
Primera Bienal Nacional Del Deporte En El Arte

Instituyese la "primera bienal nacional del deporte en el arte", que premiara obras de pintura y escultura.

Id norma: 56170 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29091

Fecha boletin: 23/02/1999 Fecha sancion: 02/02/1999 Numero de norma 56/1999

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Deportes Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de DeportesPREMIOSResolución 56/99Institúyese la "Primera Bienal Nacional del Deporte en el Arte" que premiará obras de pintura y escultura.Bs. As., 2/2/99B.O: 23/2/99VISTO el Expediente N° 95/99 del registro de esta SECRETARIA DE DEPORTES de la PRESIDENCIA DE LA NACION y,CONSIDERANDO:Que resulta necesario conceder al deporte, que es dinámica por excelencia, la importancia que posee y demostrar las manifestaciones que pude asumir por medio del arte.Que existe una sólida e indisoluble unión entre el deporte y el arte, dado que el deportista expresa en movimientos físicos lo que el artista posteriormente plasma en sus obras.Que el deportista ha podido penetrar en el proceso de creación artística, el contacto con el arte ha incidido en su personalidad, enriqueciendo consecuentemente su vida espiritual y cultural.Que el propósito del deporte es el desarrollo armonioso del cuerpo y de la mente como así también de las cualidades culturales, espirituales, artísticas del hombre.Que el deporte es una manifestación cultural en sí misma y un generador de expresiones artísticas tales como la pintura y la escultura entre otras.Que el tipo de manifestación cultural como la que se propicia contribuirá al desarrollo del arte deportivo, ofreciendo de esa forma la posibilidad de conocer a la comunidad la armonización perfecta que existe entre el deporte y el arte.Que tanto el arte como el deporte son actividades propias del hombre, para las que se recurre a ciertas facultades sensoriales, estéticas e individuales, por lo que la conjunción de ambas constituyen un hecho cultural de suma importancia.Que la institución de la "Primera Bienal Nacional del Deporte en el Arte" permitirá demostrar que el deporte es fuente de inspiración para el arte, como así también la importancia que ha alcanzado en manifestaciones artísticas como la pintura y la escultura.Que por medio de la Bienal se reconocerá a aquellos artísticas plásticos que sepan interpretar la integración del deporte en las diferentes expresiones artísticas enunciadas en el considerando anterior.Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención de su competencia.Por ello,EL SECRETARIO DE DEPORTES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:Artículo 1°- Institúyese la "Primera Bienal Nacional del Deporte en el Arte" que premiará a aquellas obras de pintura y de escultura que resulten triunfadoras.Art. 2°- Apruébanse las bases que regirán la bienal instituida en el artículo precedente, las que como Anexo I forman parte integrante de la presente.Art. 3° - Los gastos que originen los premios a otorgarse a los artistas que resulten galardonados, serán atendidos con partida pertinente del presupuesto de esta Secretaría para el ejercicio que corresponda.Art. 4° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Hugo Porta.ANEXOla. BIENAL NACIONAL DEL DEPORTE EN EL ARTE"Deporte: expresión y arte"La Secretaría de Deportes de la Presidencia de la Nación, convoca y organiza la 1° BIENAL NACIONAL DEL DEPORTE EN EL ARTE del 3 al 15 de agosto de 1999, en el Palais de Glace de la ciudad de Buenos Aires - Argentina, de acuerdo con las siguientes bases.BASESI.- TEMATICA:Las obras presentadas tendrán como base temática el deporte, como manifestación social movilizadora de actividades expresivas que interpreten el quehacer desde la óptica del arte.II.- SECCIONES:La Bienal consta de dos secciones: PINTURA y ESCULTURA.III- PARTICIPANTES:Podrán participar todos los artistas plásticos nacionales con una obra cada uno, optando solamente por una sección.IV- CATEGORIAS:Se establecen dos categoría para cada sección:IV.a. Artistas cuya edad supere los treinta y cinco años al inicio de la Bienal.IV.b. Artistas cuya edad no supere los treinta y cinco años al inicio de la Bienal.V.- RECEPCION DE OBRAS:V.a. La recepción de las obras se realizará del 28 de junio al 3 de julio (lunes a sábado) en horario corrido de 9 a 16 hs. en Crisólogo Larralde 1050, Capital Federal.V.b. En todos los casos las obras deberán estar acompañadas por el formulario de inscripción completo, fotocopia de documento de identidad y curriculum resumido.V.c. Los gastos de transporte hasta y desde el lugar de recepción de las obras estarán a cargo del participante.V.d. Solamente se admitirán obras originales y firmadas.V.e. Las obras que no cumplan con las Bases serán rechazadas en forma automática.VI.- BASES PARA LA SECCION DE PINTURA:VI.a. Las obras presentadas no deberán exceder los 1,50 mts. de altura y 1,50 mts. de ancho, las que deberán ser enviadas debidamente enmarcadas con un marco cuyo ancho no exceda los 5 cm.VI.b. Serán admitidas obras sobre los siguientes soportes: tela, cartón, madera, harbor, papel y metal.VI.c. Se aceptarán las siguientes técnicas: óleo, acrílico, acuarela, témpera y técnica mixta.VI.d. No se admitirán las siguientes obras:- Las que hayan sido premiadas anteriormente.- Las que no posean soporte rígido.- Las anónimas.- Las reproducciones o copias.- Las de artistas fallecidos.- Las compuestas por dípticos o trípticos.- Collage.VI.e. Aquellas obras que por su estructura y modalidad requieren vidrio o material protector similar deberán ser presentadas debidamente.VII- BASES PARA LA SELECCION DE ESCULTURA:VII.a. Las obras presentadas no deberán exceder los 2 mts. de altura, los 1,50 mts. de ancho y los 1.50 mts. de largo, con un peso no superior a los 100 kg.VII.b. Se recibirán obras únicamente montadas en su totalidad y en la forma y base que exigen ser exhibidas.VII.c. Serán admitidas las obras de los siguientes materiales: piedra, metal, madera, resina, granito y mármol.VIII. DEVOLUCION DE LAS OBRAS:VIII.a. Todas las obras deberán ser retiradas del 20 al 27 de agosto (lunes a sábado) en horario corrido de 9 a 16 hs. previa presentación del recibo de recepción en Crisólogo Larralde 1050, Capital Federal. Se excluyen las obras con premio adquisición.VIII.b. La Secretaría de Deportes de la Presidencia de la Nación no se hará cargo del embalaje de las obras para su devolución.VIII.c. Las obras no retiradas en el plazo establecido en el punto VIII.a serán objeto de incineración, no pudiendo sus propietarios ejercer derecho a reclamo alguno sobre las mismas.IX.- SELECCION:IX.a. El Jurado elegirá las obras que se expondrán atendiendo a la calidad artística de las mismas y al cumplimiento de las presentes Bases. Para dicha selección bastará con la simple mayoría de Votos de los, miembros presentes del Jurado.IX.b. Las obras seleccionadas no podrán ser retiradas hasta el plazo establecido en el punto VIII.a.X.-JURADO:El Jurado estará presidio por el Señor Secretario de Deportes de la Presidencia de la Nación.Asimismo, la Secretaría de Deportes de la Presidencia de la Nación invitará a relevantes figuras de las artes plásticas y críticos de arte nacionales para integrar el Jurado cuya nómina será dada a conocer oportunamente.El Jurado se reunirá en Crisólogo Larralde 1050, Capital Federal y dará su veredicto en acta debidamente fundamentada.Los miembros del Jurado que no hagan acto de presencia en oportunidad de su constitución serán reemplazados por una persona designada por la Secretaría de Deportes de la Presidente de la NaciónEl fallo emitido por el Jurado será inapelable.XI.- PROPIEDAD DE LAS OBRAS:Las obras con premio adquisición quedarán en propiedad de la Secretaría de Deportes de la Presidente de la Nación, así como los derechos de difusión y reproducción que considere oportunos.XII- PROTECCION DE LAS OBRAS:La Secretaría de Deportes de la Presidencia de la Nación dispondrá los medios necesarios para asegurar el cuidado de las obras, declinando toda responsabilidad derivada de cualquier daño total o parcial, sustracción, robo, incendio, atentado, etc. que pudiera producirse durante su permanencia en las sedes correspondientes.El traslado y resguardo de las obras seleccionadas hasta y desde el lugar asignado para su exposición quedará a cargo de la Secretaría de Deportes de la Presidencia de la Nación.XIII.- ACEPTACION DE ESTAS BASES:XIII.a. Los artistas por el solo hecho de participar aceptan todos y cada uno de los puntos contenidos en estas Bases, las decisiones y fallo del Comité de Admisión/Jurado, sin derecho a reclamo alguno.XIII.b. La Comisión Organizadora se reserva el derecho sobre grabaciones en video, filmaciones y fotografías que se hagan de la Bienal.XIII.c. Los trabajos presentados deben estar libres de derechos que puedan detentar terceros, considerándose la Comisión Organizadora de la Bienal exenta de toda responsabilidad en caso de litigio o discusión que pueda surgir de ello.XIII.d. El montaje de las obras será realizado por el personal profesional del Palais de Glace designado al efecto.XIII.e. Toda duda en la interpretación de las presentes Bases será resuelta por la Comisión Organizadora, cuyo fallo será inapelable.XIV.- PREMIOS:XIV.a. La Secretaría de Deportes de la Presidencia de la Nación otorgará los siguientes Premios:

PINTURA:

1 er. PREMIO adquisición: $ 10.000 y Medalla. Mayores treinta y cinco años.1er. PREMIO adquisición: $ 7.000 y Medalla. Menores treinta y cinco años.Mención de Honor. Mayores treinta y cinco años.Mención de Honor. Menores treinta y cinco años.

ESCULTURA:

1er. PREMIO adquisición: $ 10.000 y Medalla. Mayores treinta y cinco años.1er. PREMIO adquisición: $ 7.000 y Medalla. Menores treinta y cinco años.Mención de Honor. Mayores treinta y cinco años.Mención de Honor. Menores treinta y cinco años.XIV.b. Los Premios serán indivisibles y no podrán ser declarados desiertosXIV.c. Los valores establecidos en los premios serán considerados montos topes para su adquisición, no pudiendo el ganador efectuar reclamo alguno por suma mayor a las indicadas en el punto XIV.a.XIV.d. Toda cuestión que no estuviera prevista en las presentes Bases será resuelta por la Secretaría de Deportes de la Presidencia de la Nación.XV.- INFORMACION ADICIONAL:Cualquier tipo de información adicional sobre la Bienal podrá ser solicitada a:Comisión OrganizadoraV. BIENAL NACIONAL DEL DEPORTE EN EL ARTESecretaría de Deportes de la Presidencia de la NaciónCrisólogo Larralde 1050 (1429) Capital Federal.T.E. (01) 4703-1315 internos 251/252; Fax: (01) 4704-1646E-mail: barbie@impsatl.com.a

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