Resolución 462/1999

Sarna Y Otras Enfermedades - Plan De Erradicacion-

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sanidad Animal
Sarna Y Otras Enfermedades - Plan De Erradicacion-

Apruebase el plan de control y erradicacion de la sarna y otras enfermedades endemicas, para su aplicacion en un departamento de la provincia de rio negro.-

Id norma: 60202 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29239

Fecha boletin: 28/09/1999 Fecha sancion: 24/09/1999 Numero de norma 462/1999

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Agricultura, Ganaderia, Pesca Y Alim Ver Resoluciones Observaciones: ABROGADA POR RESOLUCION N° 158/2008 - ARTICULO 6° - BOLETIN OFICIAL 25/02/2008 - PAGINA 9.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca yAlimentación

 

SANIDAD ANIMAL

 

Resolución 462/99

 

Apruébase el Plan de Control y Erradicación de laSarna y otras Enfermedades Endémicas, para su aplicación en un Departamento dela provincia de Río Negro.

 

Bs. As., 24/9/99

 

VISTO elexpediente Nº 3117/99 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDADAGROALIMENTARIA, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por elexpediente citado en el Visto, la Dirección Nacional de Sanidad Animal delSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, propicia la aprobacióndel Plan de Control y Erradicación de la Sarna y otras Enfermedades Endémicas,que será de aplicación en el Departamento 9 de Julio, Zona de los ParajesYaminué y Treneta, de la Provincia de RIO NEGRO.

 

Que la Luchacontra la Sarna Ovina y Caprina es de carácter obligatorio en todo elTerritorio Nacional de la REPUBLICA ARGENTINA, por la aplicación del Decreto Nº7383 de fecha 28 de marzo de 1944, modificado por la Ley Nº 14.305.

 

Que porResolución Nº 445 de fecha 3 de julio de 1995 del registro del ex-SERVICIONACIONAL DE SANIDAD ANIMAL se aprobó el Plan Patagónico de Control yErradicación de la Sarna y otras Enfermedades Endémicas.

 

Que con elreferido Plan se logrará aumentar la eficiencia de los Sistemas de Administración,Información Sanitaria y Vigilancia Epidemiológica.

 

Que el Planpropuesto contempla la administración y financiación a cargo de losproductores, Comisiones, Entes y Asociaciones Privadas creadas, de cada región.

 

Que el Consejo deAdministración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA hatomado la intervención que le compete de conformidad con lo establecido en elartículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996,aprobando el acto a dictarse.

 

Que la DIRECCIONDE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de laDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS YSERVICIOS PUBLICOS, ha emitido opinión legal al respecto, no encontrandoreparos que formular.

 

Que el suscriptoes competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en elDecreto Nº 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996, en función de lo establecidoen el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de1996.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DEAGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Apruébase el Plan deControl y Erradicación de la Sarna y otras Enfermedades Endémicas, que comoAnexo forma parte integrante de la presente resolución, para su aplicación enel Departamento 9 de Julio, Zona de los Parajes Yaminué y Treneta de la Provinciade RIO NEGRO.

 

Art. 2º — Los propietarios y/otenedores a cualquier título de ganado ovino, bovino y caprino y todas laspersonas físicas y/o jurídicas vinculadas a la ganadería en el citadoDepartamento, estarán obligados a suministrar la información que se lesrequiera, respecto de los animales a su cargo y cumplir los procedimientosordenados en el Decreto Nº 7383 de fecha 28 de marzo de 1944, modificado por lapresente norma y prestar la colaboración necesaria con los medios a su alcance.

 

Art. 3º — Los propietarios de losestablecimientos comprendidos en la jurisdicción del Plan, deberán anualmentecumplimentar una declaración jurada de estadística y programas de trabajo, comorequisito indispensable para que se autorice la emisión de guías de campañapara extracción de la hacienda y sus derivados.

 

Art. 4º — Comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J.Novo.

 

ANEXO

 

PLAN DE CONTROL YERRADICACION DE LA SARNA Y OTRAS ENFERMEDADES ENDEMICAS

 

COMISION DESANIDAD ANIMAL (CODESA) DEL DEPARTAMENTO 9 DE JULIO, PARAJES YAMINUE Y TRENETADE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

 

PROYECTOSSANITARIOS:

 

La CODESA del Departamento9 de Julio, Parajes Yaminué y Treneta, Provincia de RIO NEGRO, pondrá en marchaun proyecto para cada enfermedad endémica del Departamento que considereimportante. La tarea de su control y/o erradicación, se llevará a cabo en formaintegral en cada una de las visitas sanitarias, aprovechando al máximo laserogaciones que ésta represente.

 

Estos planesserán intensamente publicitados por todos los medios disponibles con el fin deprestar un verdadero servicio, apuntando principalmente a la educación yprevención. Se solicitará y brindará apoyo a las organizaciones de salud, paraprogramas de lucha contra enfermedades zoomáticas. Preservar libre deenfermedades exóticas al Departamento 9 de Julio, Parajes Yaminué Treneta,Provincia de RIO NEGRO.

 

FIEBRE AFTOSA:

 

Objetivos:Mantener al Departamento 9 de Julio, Parajes Yaminué y Treneta, Provincia deRIO NEGRO, libre de Fiebre Aftosa y como zona de no vacunación.

 

Actividades:

 

·       Control del arribo de tropas provenientes de zona de vacunación ycontrol del

CIEN POR CIENTO (100%) de las cuarentenas.

·       Control de permanencia en el establecimiento de acuerdo a lalegislación vigente.

·      Colaboraciónefectiva en los puestos de control (barrera sanitaria) sobre el Río Negro.

 

SARNA OVINA:Melophagosis (false garrapata)

 

Objetivos:Control y disminución de la tasa de prevalencia.

 

Actividades:

 

·      Inspección pordenuncia, autodenuncia o conocimiento de majadas y/o rodeos infectados.

·      Control detratamientos en establecimientos infectados.

·      Inspección deestablecimientos linderos a focos de Sarna o Melophagosis.

·      Inspección deestablecimientos con antecedentes o sospechas fundadas.

·      Control yRegistro de máquinas y comparsas de esquila.

·      Control detraslado de hacienda.

·      Asesoramientotécnico.

·      Inspección delCIEN POR CIENTO (100%) de los establecimientos; se considerará establecimientosinspeccionados, a aquel del que se revisó el CUARENTA POR CIENTO (40%) o másdel total de ovinos de esquila para Sarna Ovina Melophagosis.

·      Control depermanencia de ovinos para consumo en potreros linderos a población.

 

Consideraciones:En las Inspecciones de la hacienda se intentará hacer coincidir con lostrabajos programados de los productores (desoje, esquila, sehalada,encarnerada, etc.), para evitar otros movimientos de hacienda, para lo cual losseñores productores deberán comunicar todo trabajo de hacienda a realizar ensus establecimientos, dando cumplimiento de esta manera a la legislaciónvigente.

 

Las inspeccionesse harán en forma intensiva, en el período comprendido entre el 1º de agosto el31 de mayo del siguiente año; desde el 1º de junio hasta el 31 de julio semantendrá vigilancia epidemiológica.

 

Se aconsejará alos señores productores el tratamiento preventivo y de cuarentena de todos losovinos que ingresen a su establecimiento, para evitar el contagio deparasitosis.

 

ServiciosRequeridos:

 

Objetivos: Darrápido cumplimiento a los servicios solicitados en tiempo y forma, por losseñores productores.

 

Actividades:

 

·      Despacho detropas.

·      Despacho aexposición.

 

Otras actividadessanitarias: Atender las enfermedades y mortandades incluidas en lasreglamentaciones sanitarias, que se produzcan en ganado del Departamento 9 deJulio, Parajes Yaminué y Treneta, Provincia de RIO NEGRO, como asimismo ladetección y control de cualquier enfermedad exótica.

 

PLAN DE CONTROLDE LA SARNA OVINA:

 

Introducción: Lasarna ovina es la enfermedad que actualmente está afectando severamentepoblación ovina del Departamento 9 de Julio, Parajes Yaminué y Treneta,Provincia de RIO NEGRO y varios son los factores que coinciden para dificultarsu control: el bajo precio de la lana, el minifundio, pobladores de bajo nivelsociocultural y magros recursos económicos, que han desalentado la explotaciónlanar descuidando las medidas sanitarias, y por otro lado, las medidaspresupuestarias restrictivas nacionales y provinciales que redujeron los medioshumanos y económicos derivando en la falta de controles.

 

Objetivo: Laurgente necesidad de implementar un Plan de Lucha Contra la Sarna ovina,reduciendo las pérdidas y gastos que ella acarrea.

 

Finalidad:Controlar la Sarna Ovina en el Departamento 9 de Julio, Parajes Yaminué yTreneta, Provincia de RIO NEGRO, eliminar los focos crónicos enestablecimientos afectados y establecer una metodología de trabajo permanente yeficiente con la participación de los productores.

 

Estrategiageneral: Contempla la división del área en TRES (3) zonas, que se denominanESTE, OESTE y SUR, considerando características de la explotación suelo, clima,manejo, modalidad de comercialización y accesos por rutas y caminos.

 

En cada una delas zonas se contará con UNA (1) unidad ejecutora, integrada por el referentezonal que recae en un productor caracterizado y UN (1) agente sanitario oficialo contratado que desarrollará las tareas asignadas.

 

Dado el altogrado de establecimientos afectados y las dificultades en los tratamientos, secuenta con la integración de personal de campo para asegurar correctamente lastareas y en especial las juntas.

 

Los movimientosinternos y el control de las máquinas de esquila son dos factores que incidenen la aparición de focos, a los cuales se les asignará la importancianecesaria.

 

Etapas detrabajo: Considerando la situación actual de incidencia de sarna seestablecerán TRES (3) etapas de trabajo:

 

·      Primer año:Priorizar atención de focos crónicos.

·      Segundo año:Integrar por áreas la totalidad de los linderos a los tratamientos programadosy controlados.

·      Tercer año: Lacobertura total de los establecimientos, inspección y control de tratamientos.

 

EVALUACION:

 

Se mantendrá unaevaluación permanente que permitirá descubrir deficiencias y provocar su rápidacorrección.

 

La CoordinaciónProvincial del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y laCOMISION DE SANIDAD ANIMAL (CODESA), mantendrán la evaluación de lasactividades y el Programa de la Sarna y harán una evaluación a través de losinformes mensuales y las visitas periódicas que se efectúen en la zona.

Páginas externas

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