Disposición 108/1999

Programacion De Vuelos - Informacion -

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Transporte Aerocomercial
Programacion De Vuelos - Informacion -

Establecese que las empresas de transporte aereo regular deberan comunicar a la direccion nacional de transporte aerocomercial la programacion de sus vuelos correspondientes a los dias 31/12/99, 1 y 2/1/2000 y 29/2/2000.-

Id norma: 60897 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 29263

Fecha boletin: 02/11/1999 Fecha sancion: 25/10/1999 Numero de norma 108/1999

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Transporte Aerocomercial Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Subsecretaríade Transporte, Aerocomercial, Fluvial y Marítimo

TRANSPORTEAEROCOMERCIAL

Disposición108/99

Establéceseque las empresas de transporte aéreo regular deberán comunicar a la DirecciónNacional de Transporte Aerocomercial la programación de sus vueloscorrespondientes a los días 31 de diciembre de 1999, 1º y 2 de enero y 29 defebrero del 2000.

Bs. As., 25/10/99


VISTO el Expediente Nº559-001011/99 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOSPUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que sobre la base de lasdirectivas aprobadas por el Concejo de la ORGANIZACION DE AVIACION CIVILINTERNACIONAL (O.A.C.I.) se ha elaborado el Plan de Contingencia con relación ala denominada “Crisis del Milenio” o “Problema del Y2K”.

Que la puesta en marcha delmencionado Plan de Contingencia importa la aplicación de restricciones respectode la cantidad de vuelos a operar y las rutas a seguir por los mismos en lasfechas críticas.

Que para proceder a laorganización de los vuelos y sus rutas correspondientes a los días 31 dediciembre de 1999, 1º y 2 de enero y 29 de febrero del año 2000, resultanecesario conocer con anticipación necesaria la cantidad de vuelos y destinosprevistos para esos días, así como el lugar de estacionamiento de las aeronavesque no habrán de operar en tales fechas.

Que por las razonesexpuestas corresponde dejar sin efecto la aprobación de los itinerarios yhorarios correspondientes a los servicios de transporte aéreo regular acumplirse en las mencionadas fechas, con el objeto de aprobar los que seadecúen al Plan de Contingencia elaborado sobre la base de las directivas de laO.A.C.I.

Que el Servicio JurídicoPermanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado laintervención que le compete.

Que la presente se dicta envirtud de lo normado por el Artículo 3º inciso b) del Anexo III del Decreto Nº2186 del 25 de noviembre de 1992 y Artículo 1º de la Resolución Nº 42 delMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 8 de enero de 1996.

Por ello,EL SUBSECRETARIO DETRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO


DISPONE:


Artículo1º — Las empresas de transporte aéreo regular deberán comunicar a laDIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, dependiente de estaSubsecretaría, la programación de sus vuelos correspondientes a los días 31 dediciembre de 1999, 1º y 2 de enero y 29 de febrero del año 2000, así como ellugar de estacionamiento de las aeronaves que no habrán de operar en talesfechas.Art.2º — La información requerida en el Artículo 1º de la presente deberá serpresentada hasta el día 5 de noviembre de 1999, inclusive.



Art.3º — La programación correspondiente a los días indicados en el Artículo1º de la presente, deberá ser expresamente aprobada por la autoridadaerocomercial, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 109 del CODIGOAERONAUTICO.

Art.4º — Déjase sin efecto la aprobación efectuada con anterioridad a lapresente, de los itinerarios y horarios correspondientes a los serviciosregulares de transporte aéreo de los días indicados en el Artículo 1º de estadisposición.

Art.5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del RegistroOficial y archívese. — Gustavo A. Alvarez

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