Resolución 1386/1999

Res. 1293/99 - Modificacion -

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Importaciones
Res. 1293/99 - Modificacion -

Modificacion de la res. nro. 1293/99, que aplico un mecanismo de salvaguardia a las importaciones de hilados de poliester originarias de taiwan.-

Id norma: 61092 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29276

Fecha boletin: 19/11/1999 Fecha sancion: 12/11/1999 Numero de norma 1386/1999

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Economia, Obras Y Servicios Publicos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

 

IMPORTACIONES

 

Resolución 1386/99

 

Modificación de la Resolución Nº 1293/99, que aplicóun mecanismo de salvaguardia a las importaciones de hilados de poliéster deoriginarias Taiwan.

 

Bs. As., 12/11/99

 

VISTO, elExpediente Nº 061-009239/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS YSERVICIOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante elexpediente citado en el VISTO la firma MANUFACTURA DE FIBRAS SINTETICASSOCIEDAD ANONIMA presentó un pedido de aplicación del mecanismo de salvaguardiade transición del artículo 6 del Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido —ATV—del Acuerdo sobre la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO —OMC—, incorporado anuestro ordenamiento jurídico mediante Ley Nº 24.425, a hilados de poliéster.

 

Que medianteResolución Nº 1293 de este Ministerio, de fecha 28 de octubre de 1999, seaplicó el mencionado mecanismo a las importaciones del producto en cuestión,originarias de TAIWAN según los cupos descriptos en el Anexo I que en UNA (1)planilla forma parte integrante de la citada Resolución.

 

Que correspondeadecuar la definición del producto establecida en la mencionada Resoluciónconsiderando la solicitud presentada y el análisis realizado por los organismostécnicos competentes.

 

Que la DIRECCIONGENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención quele compete.

 

Que la presentese dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 101 del Decreto Nº1759 de fecha 3 de abril de 1972 (t. o. 1991).

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DEECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 1ºde la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº1293 de fecha 28 de octubre de 1999, por el siguiente: “ARTICULO 1º —Establécese un cupo anual a las importaciones de hilados de poliéster,originarias de TAIWAN que se despachan a plaza por las posiciones arancelariasde la Nomenclatura Común del Mercosur n. c. m. 5402.33.00, 5402.42.00,5402.43.00, 5402.52.00, 5402.59.00, 5402.62.00 y 5402.69.00, hasta alcanzar lascantidades de kilos que se detallan en el Anexo I, que en UNA (1) planillaforma parte integrante de la presente Resolución”.

 

Art. 2º — Sustitúyese el Anexo I dela resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1293de fecha 28 de octubre de 1999, por el Anexo I que en UNA (1) planilla formaparte integrante de la presente Resolución.

 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roque B.Fernández.

 

ANEXO I A LARESOLUCION Nº 1386

 

TAIWAN PRODUCTO   POSICIONES ARANCELARIAS N. C.M. CUPO CORRESPONDIENTE A LOS DOCE MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCION (en kilogramos)       HILADOS DE POLIESTER 5402.33.00, 5402.42.00, 5402.43.00, 5402.52.00, 5402.59.00, 5402.62.00 y 5402.69.00       2.547.043

 

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