Resolución 17/2000

Normas Contables - Cuestiones De Aplicacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ciencias Economicas
Normas Contables - Cuestiones De Aplicacion

Aprobar las "normas contables profesionales: desarrollo de cuestiones de aplicacion general"

Id norma: 65515 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29554

Fecha boletin: 27/12/2000 Fecha sancion: 08/12/2000 Numero de norma 17/2000

Organismo (s)

Organismo origen: Fed.Arg.De Cons.Prof. De Ciencias Economicas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS

Resolución Técnica N° 17

Ciudad de Esquel, 8/12/2000.

VISTO:

El proyecto 6 de resolución técnica sobre "normas contables profesionales" elevado por el Centro de Estudios Científicos y Técnicos (CECyT) de esta Federación, y

CONSIDERANDO:

a) Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional.

b) Que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones.

c) Que la profesión contable argentina no debe quedar ajena al proceso de globalización económica en el que está inmerso nuestro país, por lo cual es necesario elaborar un juego de normas contables profesionales armonizadas con las normas internacionales de contabilidad propuestas por el International Accounting Standards Committee (IASC, Comité de Normas Contables Internacionales), dentro del marco conceptual de las normas contables profesionales aprobado por esta Federación mediante su resolución técnica.

d) Que esta resolución técnica sobre normas contables profesionales, desarrollo de cuestiones de aplicación general, apunta al objetivo referido en el considerando anterior y resulta de la revisión del proyecto 6 de resolución técnica, que fue preparado y sometido a consulta pública siguiendo los procedimientos reglamentarios fijados.

Por ello:

LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar las "normas contables profesionales: desarrollo de cuestiones de aplicación general" contenidas en la segunda parte de esta resolución técnica, en reemplazo de las contenidas en las resoluciones técnicas 10, 12 y 13 y en las resoluciones de Junta de Gobierno 110/92, 140/96 y 183/99 de esta Federación.

ARTICULO 2° — Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación:

a) la incorporación de las normas referidas en el art. 1° a las "normas contables profesionales" vigentes en sus respectivas jurisdicciones, con estas modalidades:

1) la adopción de esta resolución técnica implica la de las otras a las que remite su texto;

2) vigencia para los estados contables anuales o de períodos intermedios correspondientes a los ejercicios que se inicien a partir del 1° de julio de 2001, excepto la sección 5.19.6 (impuesto a las ganancias) de la segunda parte, que será de aplicación obligatoria a partir del primer ejercicio siguiente;

3) aplicación a los entes, bajo la denominación genérica de "entes pequeños" (Epeq) con las modalidades detalladas en el Anexo A.

4) desde la vigencia de las normas contenidas en esta resolución técnica quedarán sin efecto las normas contenidas en las resoluciones técnicas números 10, 12 y 13 de esta Federación, en sus resoluciones de Junta de Gobierno 110/92,140/96 y 183/99.

5) admitir la aplicación anticipada de las normas contenidas en esta resolución técnica;

b) la difusión de esta resolución técnica entre sus matriculados y los organismos de control, educativos y empresarios de sus respectivas, jurisdicciones.

ARTICULO 3° — Registrar la presente en el libro de resoluciones, publicarla en el Boletín Oficial de la República Argentina y comunicarla a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y a los organismos nacionales e internacionales pertinentes

RESOLUCION APROBADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO EN LA CIUDAD DE ESQUEL — CHUBUT EL 8 DE DICIEMBRE DE 2000.

Dr. EDGARDO A. PHIELIPP, Presidente, F.A.C.P.C.E.

e. 27/12 N° 1567 v. 27/12/2000

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