Resolución 5/2001

Estandares Tecnologicos (Version 6.0)

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sistemas De Informacion
Estandares Tecnologicos (Version 6.0)

Apruebanse los estandares tecnologicos para la administracion publica nacional - etap -, version verano 2001 (v 6.0), en materia informatica y de comunicaciones asociadas.

Id norma: 67601 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29679

Fecha boletin: 29/06/2001 Fecha sancion: 26/06/2001 Numero de norma 5/2001

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria Para La Modernizacion Del Estado Ver Resoluciones Observaciones: ABROGADA POR ART. 9 DE LA RES. 41/2001 - BO 2/1/02

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría para la Modernización del Estado
SISTEMAS DE INFORMACION
Resolución 5/2001
Apruébanse los Estándares Tecnológicos para la Administración Pública Nacional —ETAP—, Versión Verano 2001 (V 6.0), en materia informática y de comunicaciones asociadas.
Bs. As., 26/6/2001
VISTO los Decretos Nros. 856 del 22 de julio de 1998, 20 del 13 de diciembre de 1999, la Resolución N° 092 del 7 de julio de 2000 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° de Resolución N° 092/00 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se establecieron para la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, los Estándares Tecnológicos "ETAP" - Versión Invierno 2000 (V 5.01), en materia de informática y comunicaciones asociadas, detallados en su Anexo I, los cuales reemplazaban a los establecidos por Resolución N° 17/99 de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que dichos Estándares deben ser objeto de revisión periódica, de modo de garantizar que sus contenidos reflejen los últimos adelantos en la materia.
Que conforme a la normativa de aplicación, en particular los Decretos Nros. 856/98 y N° 20/99 compete a esta Subsecretaría dictar las normas reglamentarias en este punto, de modo de mantener permanentemente actualizada la información en cuanto a la tecnología disponible.
Por ello,
EL SECRETARIO PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébanse los Estándares Tecnológicos para la Administración Pública Nacional, —ETAP— Versión Verano 2001 (V 6.0), en materia informática y de comunicaciones asociadas que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución, los cuales reemplazan a los establecidos por la Resolución N° 092/00 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 2° — Los Estándares a los que se refiere el artículo anterior serán de aplicación en toda la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, empresas de propiedad del Estado o en las que este tenga mayoría accionaria, bancos oficiales, Fuerzas Armadas y de Seguridad, con la única salvedad de los organismos comprendidos en el Sistema Científico Nacional.
Art. 3° — A partir de la entrada en vigencia de la presente, los organismos comprendidos en su ámbito de aplicación deberán dar cumplimiento a las especificaciones técnicas que establecen los Estándares Tecnológicos aprobados en el artículo 1°, para todas las compras y contrataciones de carácter informático y de comunicaciones asociadas que se propongan celebrar debiendo, para ello, identificar cada uno de los referidos bienes exclusivamente con el código correspondiente definido por el ETAP.
Art. 4° — La SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, supervisará y fiscalizará el cumplimiento de la presente Resolución.
Art. 5° — Esta Resolución entrará en vigencia en forma inmediata a su publicación.
Art. 6° — Déjase sin efecto la Resolución N° 92/00 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos P. Makón.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I, el mismo puede ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 -Capital Federal), o en la Subsecretaría de la Gestión Pública - Avda. Roque Sáenz Peña 511 - Capital Federal.
(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

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