Circular 1/2001

Ref.: Decreto 436/01 - Declaracion Jurada "Sipro"

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Publica Nacional
Ref.: Decreto 436/01 - Declaracion Jurada "Sipro"

Norma complementaria al decreto 436/00. declaracion jurada de incoporacion al "sipro".- (nota: nuevamente publicada en bo 18/9/2001, pag. 17).-

Id norma: 68880 Tipo norma: Circular Numero boletin: 29732

Fecha boletin: 14/09/2001 Fecha sancion: 02/05/2001 Numero de norma 1/2001

Organismo (s)

Organismo origen: Oficina Nacional De Contrataciones Ver Circulares Observaciones: ABROGADA POR ART. 6° DEL DECRETO N° 893/2012 - B.O. 14/06/2012 - PAG. 6

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Circular Nº 1/2001

Declaración Jurada de incorporación al SIPRO
Decreto 436/2000

Buenos Aires, 2 de mayo de 2001

Esta Oficina Nacional hace saber, con relación al cumplimiento por parte de los Proveedores del Estado Nacional, de la presentación de la declaración jurada de incorporación al SIPRO, conforme con lo establecido en el Anexo IV de la Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 518/2000, complementaria del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por el Decreto Nº 436/2000, que a tales efectos, se podrá presentar la constancia que acredita dicha incorporación al Sistema de Información de Proveedores, la cual se obtiene en la forma que se indica en la presente.

Se deberá ingresar en la página web de esta Oficina Nacional (www.onc.mecon.gov.ar), en el link correspondiente a SIPRO, clickeando en la solapa "pedir constancia", ingresando el Cuit correspondiente al proveedor solicitado, se obtendrá la correspondiente constancia de incorporación al Sistema de Información de Proveedores.

Dicha constancia tendrá un plazo de validez de diez (10) días hábiles administrativos, que comenzará a contarse desde la fecha de emisión de la misma y su presentación no exime a los organismos contratantes del cumplimiento de lo establecido en el artículo 137 inc. c) del Reglamento mencionado (obligación de acceder al SIPRO para obtener información sobre los oferentes que se presenten en los procedimientos de selección, previo a la adjudicación).

El contenido de la presente circular se tendrá por notificado a partir de su publicación en el Boletín Oficial. — Ing. JUAN OSCAR LUNA, Director Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones.
e. 14/9 Nº 354.684 v. 17/9/2001

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica