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Resolución 1082/2001
Declaracion Jurada Anual - Año 2000
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Establecimientos Industriales Y/O Especiales
Declaracion Jurada Anual - Año 2000
Apruebanse los formularios y el instructivo para la presentacion de la declaracion jurada anual correspondiente al año 2000, por parte de aquellos establecimientos que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por la depuracion de conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua.
Id norma: 69507 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29759
Fecha boletin: 24/10/2001 Fecha sancion: 10/08/2001 Numero de norma 1082/2001
Organismo (s)
Organismo origen: Secretaria De Desarrollo Sustentable Y Politica Am Ver Resoluciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y/O ESPECIALES
Resolución 1082/2001
Apruébanse los formularios y el instructivo para la presentación de la Declaración Jurada anual correspondiente al año 2000, por parte de aquellos establecimientos que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por la depuración de conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua.
Bs. As., 10/8/2001
VISTO el Expediente N° 70-01593/2001 del registro de la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, los Decretos Nros. 674/89, 776/92, 148/01 y las Resoluciones y Disposiciones dictadas en su consecuencia y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10° del Decreto N° 674/89 establece que todos los establecimientos industriales y/o especiales están obligados a presentar una Declaración Jurada anual conteniendo los datos especificados en las Disposiciones Instrumentales del Decreto citado.
Que a todo establecimiento industrial y/o especial que no efectúe la presentación en término de la Declaración Jurada anual se le aplicará la multa preceptuada por el artículo 15° del Decreto N° 674/89.
Que es necesario la confección de formularios para especificar los datos requeridos así como la de un instructivo para el llenado de la Declaración Jurada.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE ha tomado la intervención que le compete, no hallando impedimentos al acto que se propicia.
Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Decretos N° 20 y 25, ambos del 13 de diciembre de 1999, el Decreto N° 677 del 9 de agosto de 2000, el Decreto N° 148 del 9 de febrero de 2001.
Por ello,
EL SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTALRESUELVE:
Artículo 1° — Apruébanse los formularios para la presentación de la Declaración Jurada anual correspondiente al año 2000 que forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo I.
Art. 2° — Apruébase el instructivo para el llenado de la Declaración Jurada anual que forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo II.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar E. Massei.
ANEXO II
Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente
Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental
Dirección de Control de la Contaminación
INSTRUCTIVO
DECLARACION JURADA PARA ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y/O ESPECIALES
Correspondiente al Artículo 10 del Decreto N° 674/89, modificado por el Decreto 776/92 y Resolución N° 79179/90 OSN
La obligatoriedad de presentación de esta DECLARACION JURADA (en adelante DJ) alcanza a todos los establecimientos industriales y/o especiales que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por la depuración de aquellos conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua y que se encuentren radicados en:
Capital Federal y en los partidos de la Provincia de Buenos Aires acogidos al régimen de la ex Empresa Obras Sanitarias de la Nación que se indican a continuación:
General San Martín, La Matanza, Morón, Hurlingham, 3 de Febrero, San Fernando, San Isidro, Vicente López y Tigre cualquiera sea el destino de sus vertidos.
Para los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora y Quilmes, cuando utilicen directa o indirectamente una red externa de desagües cloacales o cloaca máxima operada por Aguas Argentinas.
Asimismo será obligatoria la presentación para los establecimientos industriales y/o especiales radicados en los partidos señalados precedentemente y que pese a no generar vertidos industriales posean circuitos cerrados de cualquier tipo de líquidos y/o barros, o circuitos abiertos de refrigeración o realicen lavados industriales.
Para esta Declaración Jurada se entiende por:
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES: Son aquellos establecimientos fabriles en los que, en las manufacturas, en las elaboraciones y en los procesos que produzcan una transformación de las materias primas o materiales empleados, en su forma o esencia, den origen a nuevos productos y evacuen vertidos, utilizando agua para dichos procesos, o para refrigeración o limpieza.
ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES: Son aquellos que en sus operaciones de fraccionamiento, manipuleo o limpieza de artículos y materiales, no produciendo ningún tipo de transformación en su esencia, evacuen vertidos.
INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA DECLARACION JURADA
El formulario de DJ original, deberá ser completado en letra imprenta, legible y respetando las cuadrículas correspondientes. Deberá presentarse además dos copias más (a cargo del declarante). No debe usarse lápiz.
Todas (original y dos copias) deberán ser firmadas en original por el Representante Legal del establecimiento. No se aceptarán firmas fotocopiadas.
Esta Declaración Jurada no deberá contener tachaduras, correcciones ni enmiendas.
En caso de error en el llenado, el mismo será salvado en OBSERVACIONES acompañado de la firma del Representante Legal.
Esta DJ deberá ser acompañada por una Constancia de inscripción en el CUIT firmada en original por el Representante Legal.
Hoja 1
FICHA DE FUNCIONAMIENTO
Partido: Se deberá consignar el código de partido (ver Anexo C).
Número: Se indicará el número identificatorio que fuera asignado desde la primer presentación de DJ.
En el caso de establecimientos que presenten por primera vez esta DJ, la DCC le asignará un NUMERO único identificatorio que acompañará a las siguientes presentaciones.
CRS: Si durante el año de vencimiento de la DJ el establecimiento cambió su razón social por primera vez, deberá indicarlo con el número 01, si es por segunda vez deberá señalarlo con el número 02, y así sucesivamente. Para cualquiera de los casos mencionados se presentarán dos DJ; una que abarque desde el principio del año hasta la fecha de cambio de Razón Social y otra por el período restante con el nombre de la nueva Razón Social. Cada una firmada por los respectivos responsables.
En caso de mantener la misma razón social desde la primera presentación de DJ, se consignará el número 00.
NOMBRE O RAZON SOCIAL: Deberá completarse con la misma que figura en el CUIT.
CUIT: Se transcribirá el número de CUIT otorgado al establecimiento por la DGI.
DIRECCION DE LA FABRICA PARA EL CUAL SE HACE LA PRESENTACION
Se debe consignar el domicilio donde radica el establecimiento o fábrica.
DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA.
Domicilio constituido para recibir correspondencia, avisos, documentación etc.
RADIO SERVIDO DE CLOACAS POR AGUAS ARGENTINAS:
Marcar con una X el casillero correspondiente.
CODIGO DE RAMA DE ACTIVIDAD DEL ESTABLECIMIENTO.
Debe utilizarse la codificación establecida por la DCC que se adjunta a este instructivo en el Anexo A.
Cód. Rama, actividad del establecimiento Utilizando los códigos que figuran en el Anexo A, se consignarán las cuatro actividades más importantes. En caso que la actividad del establecimiento no estuviera comprendida en dicha tabla, se deberá utilizar el código 3909i.
Descripción literaria: nombre de la actividad/es que desarrolla el establecimiento.
FECHA DE INSTALACION DEL ESTABLECIMIENTO.
Se consignará la fecha de instalación inicial de la empresa.
FECHA DE CAMBIO DE RAZON SOCIAL.
En caso de haberse producido un cambio de razón social y/o transferencia del establecimiento, dentro del período en consideración, debe señalarse la fecha a partir de la cual se produjo tal cambio.
FECHA DE CESACION DE LA ACTIVIDAD DEL ESTABLECIMIENTO.
Si el establecimiento hubiera cesado definitivamente sus actividades se deberá indicar la fecha de cesación y adjuntar la documentación que la acredite. Será OBLIGATORIA la presentación de la DJ correspondiente al período trabajado durante el año de vencimiento de la DJ hasta la fecha de cesación de actividades.
REGIMEN DE TRABAJO.
DIAS TRABAJADOS POR SEMANA. Indicar con una cruz los días trabajados por semana.
HORARIO: Consignar por cada día, el horario de trabajo.
PRODUCTOS ELABORADOS.
DESCRIPCION: Describir literalmente los productos más representativos elaborados por la empresa.
CANTIDAD ANUAL: Se indicará la cantidad anual de productos elaborados.
UNIDAD: Se indicará de acuerdo a lo descripto en el Anexo B.
En caso de que la actividad no implique la elaboración de productos, dicho ítem se dejará en blanco.
Ejemplo: Lavaderos industriales, lavaderos de autos, estaciones de servicio, etc.
Hoja 2
MATERIAS PRIMAS UTILIZADAS EN LA ELABORACION.
DESCRIPCION: Describir literalmente las materias primas utilizadas en la elaboración de los productos.
CANTIDAD ANUAL: Se indicará la cantidad anual de materias primas usadas por la empresa.
UNIDAD: Se indicará de acuerdo a lo descripto en el Anexo B.
En caso de que la actividad del establecimiento no implique la elaboración de productos, se deberá detallar lo principales INSUMOS utilizados en dicha actividad.
Ejemplo: Un lavadero de autos deberá consignar la cantidad de detergente empleado en la actividad.
CALIDAD DEL EFLUENTE.
Se deberá indicar con una X si el líquido residual vertido contiene algunas de las sustancias señaladas.
CARACTERISTICA DEL EFLUENTE.
Marcar con una X el valor de pH que caracteriza al efluente: Para Rangos de pH menores a 5 corresponde marcar en ácido, para rango de pH de 6 a 8 marcar en neutro, para rangos mayores a 8 marcar en alcalino
DESCARGAS DEL EFLUENTE LIQUIDO.
NUMERO DE DESCARGAS: Numerar las descargas en función de lo descripto en el croquis de hoja 4/4 del a DJ. En las sucesivas DJ se deberá mantener el mismo ordenamiento, utilizando sucesivos números para nuevas descargas. En caso de tener más de cuatro descargas continuar en Hoja Adjunta debidamente rubricada aclarando en OBSERVACIONES que se adjunta una hoja adicional a la DJ.
TIPO: Indicar Código y Descripción de acuerdo a la siguiente Tabla I
Tabla I
Código
Descripción
1
Cloacal
2
Industrial
3
Combinada
CAUDAL: Se calculará el caudal diario del vertido de la siguiente manera:
El volumen total evacuado anualmente, se dividirá por el número de días trabajados en dicho período.
Deberá ser expresado en m³/día.
DESTINO: Se consignará con el código correspondiente al destino final del efluente.
En la columna titulada como "tipo" se consignará con el número que corresponda según la Tabla II.
Tabla II
Tipo
Descripción
1
Colectora cloacal sin planta de tratamiento final
2
Conducto pluvial
3
Curso de agua
4
Pozo absorbente
5
Otro
6
Colectora cloacal con planta de tratamiento final
En la columna titulada como "Cód." Se consignará con el número que corresponda según la Tabla III.
Tabla III - Conductos Pluviales y Cursos de agua
Código
Pluviales
01
A° White
02
A° Pavón
03
A° El Gauto
04
A° Vega
05
A° Canal Sarandí
06
A° Medrano
07
A° Maldonado
08
A° Cildañez
Código
Descripción
30
Río de la Plata
31
Río Luján
32
Río Tigre
33
Río Matanza
34
Río Reconquista
35
Riachuelo
36
A° Morón
37
A° Las Perdices
38
A° Del Rey
39
A° Santo Domingo
40
A° Sarandí
41
A° Maciel
42
A° Santa Catalina
43
A° Millán
44
A° Las Ortegas
45
A° Giménez
46
A° Los Plátanos
MAYOR DE 5 Km.
En el caso de efectuar la descarga en un curso de agua, y que la misma se encuentre en un radio mayor a 5 km. Tomando como centro las tomas de agua potable de la empresa Aguas Argentinas, indicar con la palabra SI.
De encontrarse a una distancia menor señalar con NO.
²: toma de agua de la Planta potabilizadora de Agua Gral. José de San Martín, Capital Federal.
Toma de agua de la Planta potabilizadora de Agua Gral. Manuel Belgrano ubicada en Bernal.
ANULADO: Este casillero será empleado en aquellos casos que alguno de los desagües informados anteriormente haya sido anulado.
CTM: (Cámara de Toma de Muestras). Marcar con una X:
METODO DE AFORO: Se indicará el método utilizado de acuerdo a la Tabla IV
Tabla IV - Métodos de Aforo
Código
Descripción
1
Tubo Venturi
2
Tobera
3
Placa Orificio
4
Canaleta Parshall
5
Vertederos
6
Rotámetros
7
Flotámetros
8
Por trazadores
9
Otros
Hoja 3
Si la descarga del efluente es CONTINUA marcar con una X en el casillero dispuesto a tal efecto.
Si la descarga es DISCONTINUA, se marcará con una X los días que se efectúa la misma.
En la fila de horario se consignará la hora que se efectúa la descarga.
TRATAMIENTO DE EFLUENTE LIQUIDO.
Si el desagüe no tiene tratamiento, deberá dejarse en blanco este casillero.
Se marcarán con una X los tratamientos efectuados, de acuerdo a los códigos de las Tablas V.
Si el establecimiento posee más de una descarga tratadas en forma independiente, se deberá indicar en el casillero correspondiente el número de descarga y su tratamiento. En caso de que sean tratadas en forma conjunta, se utilizará una sola fila para su llenado, indicando en el casillero correspondiente los números de descargas tratadas.
Tablas V
Código
PRETRATAMIENTO
1
Rejas
2
Tamices
3
Desarenador
4
Tanque compensación
5
Desengrasador
6
Otro
Código
TRATAMIENTO PRIMARIO FISICO
1
Sedimentación
2
Flotación
3
Otro
Código
TRATAMIENTO PRIMARIO QUIMICO
1
Coagulación
2
Neutralización
3
Oxidorreducción
4
Otro
Código
TRATAMIENTO SECUNDARIO
1
Lecho percolador
2
Barro activado
3
Zanja de oxidación
4
Laguna de estabilización
5
Laguna aireada
Código
DESINFECCION
1
Cloración
2
Otro
Presentación de documentación técnica establecida en la Resolución N° 123/99 INA.
Los establecimientos que a la presentación de esta DJ no hayan cumplimentado la documentación técnica exigida por el Decreto 674/89 y descripta en Resolución N° 123/99 INA, deberán presentarla en la Dirección de Control de la Contaminación.
BARROS
En caso de generar barros se deberá indicar si tienen o no tratamiento. El volumen de barros generados expresados en m³/día, y el destino final de los mismos.
Hoja 4
CROQUIS DE LA UBICACION DE LAS DESCARGAS
Se graficarán los límites del establecimiento.
Se indicarán calles, rutas y/o cursos de agua perimetral así como cualquier otro elemento de identificación.
Se señalará cada una de las descargas numerándolas según lo declarado en DESCARGAS DEL EFLUENTE LIQUIDO, excepto las pluviales que se indicarán con letras.
Las descargas a declarar son: pluviales, cloacales, industriales y combinadas.
Se acotará la ubicación de la CTM (para el caso de descargas industriales y combinadas) y la última boca de registro o cámara de inspección (para el caso de descargas pluviales o cloacales) respecto a puntos notables cercanos perfectamente identificables (medianeras o paredes).
Hoja 5
DESCRIPCION DEL PROCESO PRODUCTIVO
Se describirá en líneas generales el proceso de producción o la actividad del establecimiento.
ANEXO A
RAMA DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES O ESPECIALES ALCANZADOS POR EL REGIMEN DEL DECRETO N° 674/89 MODIFICADO POR EL DECRETO N° 776/92
NOTA: Los establecimientos que realizan las actividades descriptas en el presente anexo se encuentran alcanzados por el decreto n° 674/89 y su modificatorio decreto n° 776/92, siempre y cuando generen líquidos residuales como consecuencia de esa actividad o posean circuito cerrado de cualquier tipo de barros o líquidos.
Código
Descripción
3110
Elab. de alimentos preparados para animales
3111a
Matanza de ganado, preparación de carnes en frigoríficos
3111a
Preparación de carnes para exportación
3111a
Preparación de tripas: frescas, saladas o secas.
3111a
Fundición de grasa.
3111a
Procesado de achuras.
3111a
Trozado o chacinado de cerdos.
3111a
Elaboración de carne equina.
3111a
Impregnación de madera.
3111b
Carnes conservadas, embutidos, fiambres y grasas no preparadas en frigoríficos.
3111c
Faena y congelados de aves, conejos y caza menor.
3111d
Elab. de alimentos concentrados y congelados (excepto pescados).
3112a
Usina láctea.
3112b
Elaboración de manteca
3112c
Elab. no artesanal de postres helados (conservados), sin venta directa en mostrador al público consumidor.
3112c
Elaboración de crema
3112d
Elaboración de queso, leche condensada o en polvo, caseína
3112e
Demás productos lácteos, incluye helados elaborados en forma no artesanal sin venta directa en mostrador al público.
3113b
Elab. de salsas y condimentos.
3113c
Supermercados e Hipermercados con procesamiento y elaboración de alimentos.
3114
Pescados, mariscos y moluscos en conserva, incluso congelados.
3114
Fileteado y congelado de pescado.
3115
Grasas animales, no comestibles incluye molienda y trituración de huesos.
3115
Elaboración de guanina (se obtiene de escamas de pescado)
3115a
Elab. de refinación de aceites vegetales comestibles y no comestibles.
3115a
Fraccionamiento de aceites comestibles y embotellado
3115c
Elab. de harina de pescados.
3115c
Elab. de aceite de pescados.
3116a
Molienda de trigo.
3116b
Preparación de arroz, descarnación, molienda y además operación.
3116c
Molienda de legumbres y cereales (excepto trigo).
3116d
Elab. de yerba mate.
3117a
Elab. no artesanal de productos de panadería y confitería (excluido galletitas y bizcochos), sin venta directa en mostrador al público consumidor.
3117b
Elab. no artesanal de galletitas, bizcochos o similares sin venta directa en mostrador al público consumidor.
3117c
Fábrica de alfajores
3117d
Elab. no artesanal de pastas alimenticias frescas sin venta directa en mostrador al público consumidor.
3117e
Elab. no artesanal de pastas alimenticias secas sin venta directa en mostrador al público consumidor.
3118a
Elab. y refinación de azúcar
3119a
Elab. de cacao, chocolate y derivados, caramelos, pastillas, confites, turrones
3119b
Elab. de dulces, mermeladas y jaleas.
3121
Elab. de glucosa.
3121a
Preparación de hojas de té.
3121b
Tostado, torrado y molienda de café o especias.
3121c
Concentrados de café, té o mate
3121d
Fábrica de hielo y/o cámara frigorífica
3121e
Elab. de productos alimenticios no clasificados en otra parte.
3121f
Elab. de vinagre.
3121h
Elab. de jugos y/o concentrados de frutas
3121i
Elab. de papas fritas.
3121i
Tostado de maní, salado o con chocolate.
3121i
Elab. de alimentos a base de miel.
3121i
Elab. de levaduras, cereales y polvo de hornear.
3122
Elab. de alimentos balanceados para animales
3123
Fraccionamiento de bebidas.
3129a
Elaboración industrial de comidas, excluye restaurantes, comedores y rotiserías.
3131a
Fraccionamiento de alcoholes.
3131b
Destilación de alcohol etílico.
3131b
Alcohol: destilación y desnaturalización.
3132b
Elab. de vinos.
3132b
Elab. de sidra.
3133d
Elab. de cerveza, malta o bebidas malteadas.
3134
Elab. de aguas, gaseosas sin alcohol y refrescos.
3140a
Elab. de cigarrillos o cigarros.
3140b
Preparación de hojas de tabaco.
3140b
Elab. de otros productos de tabaco.
3210a
Hilandería de fibras naturales.
3210c
Tejeduría.
3211a
Lavado de lana.
3211b
Blanqueo, teñido y/o apresto de textiles (incluso prendas de vestir).
3211c
Procesamiento de algodón.
3211d
Fábrica de fibras artificiales y sintéticas (rayón).
3211e
(acetato).
3211f
(nylon).
3211g
(acrílico).
3211h
(poliester).
3211i
Preparación de fibras textiles vegetales, excepto algodón.
3211i
Hilado de fibras artificiales y sintéticas.
3212d
Otros artículos de materiales textiles (excepto prendas de vestir).
3215
Fabricación de estopa.
3231a
Saladeros y peladeros de cueros.
3231b
Curtiembre, teñido y acabado.
3231c
Fabricación de productos de cuero y sucedáneos del cuero.
3231c
Curtiembre, teñido acabado y demás operaciones.
3232a
Curtido, teñido y apresto de pieles.
3240
Artículos de piel, excluidas las prendas de vestir.
3311
Aserraderos, preparación de maderas, incluso los aserraderos que funcionan en obrajes
3311a
Maderas terciadas.
3311b
Maderas aglomeradas.
3319c
Fabricación de productos de madera no clasificados en otra parte.
3411a
Fabricación pulpa al sulfato.
3411b
Fabricación pulpa al sulfato.
3411c
Fabricación pulpa semi química.
3411d
Fabricación de papel, cartón y/o cartulina.
3419
Fabricación de papel engomado y/o calcomanías.
3420b
Industrias anexas artes gráficas esteriotipia, electrotipia, litografía, fotograbados y operaciones análogas.
3420c
Impresión de diarios y revistas.
3420c
Imprenta y encuadernación.
3511c
Gases comprimidos y licuados (diox. Carbono), excluidos gases derivados del petróleo y carbón.
3511e
Acidos, bases y sales.
3511m
Materia prima para la industria plástica.
3512
Fungicidas, insecticidas, fluídos desinfectantes y raticidas
3513a
Fábrica de resinas sintéticas.
3521
Pintura, pigmento, barnices, lacas, esmaltes y charoles.
3522a
Productos químicos farmacéuticos.
3522b
Medicamentos y productos farmacéuticos que emplean órganos frescos de animales.
3522c
Específicos veterinarios que emplean órganos frescos de animales y/o sus residuos.
3523a
Jabón (excepto tocador).
3523a
Jabones y detergentes.
3523b
Aguas y demás preparados para blanquear ropas y telas.
3523c
Productos de perfumería y artículos de tocador.
3523c
Velas.
3523d
Velas de estearina, parafina y demás sustancias similares.
3523e
Preparación para limpiar y pulir metales, vidrios y piedras.
3524
Ceras para lustrar.
3529a
Tintas para imprentas.
3529a
Tintas para escribir.
3529b
Fabricación de fósforos.
3529e
Productos pirotécnicos
3529e
Explosivos, incluso cápsulas y cartuchos cargados.
3529e
Tintas, betunes, pastas y preparaciones similares para conservar cueros y madera.
3529e
Productos químicos diversos, no clasif. en otra parte y fraccionamiento de sust. Químicas.
3530
Refinerías de petróleo.
3551a
Neumáticos para rodados (cubiertas y cámaras).
3551b
Recauchutaje y vulcanización de cubiertas.
3551b
Gases comprimidos y licuados (derivados del petróleo o carbón).
3551c
Fábrica de poleas de goma.
3558
Fábrica de cintas para frenos de automotores.
3559b
Fabricación de productos de caucho no clasificados en otra parte.
3560a
Fabricación de envases de plástico.
3560b
Fabricación de productos de plásticos no clasificados en otra parte.
3610a
Productos de barro, loza, porcelana y artículos de electricidad.
3610c
Placas y accesorios para revestir artículos de electricidad.
3620a
Vidrios cristales en todas sus formas.
3620c
Espejos, incluye: pulido, biselado, tallado y grabado de vidrios y cristales.
3620c
Fabricación de vitraux.
3691a
Ladrillos comunes y polvo de ladrillo.
3691b
Productos del petróleo del carbón no elaborado en destilería.
3691b
Ladrillo de máquina, tejas, baldosas y caños.
3691d
Ladrillos y otras piezas refractarias.
3692a
Elaboración de cal.
3692a
Molienda e hidratación de cal.
3692b
Cemento portland y blanco.
3699
Vigas premoldeadas de cemento.
3699a
Artículos de cemento y fibrocemento: chapas, caños, tanques y productos afines.
3699c
Mosaicos calcáreos.
3699d
Elaboración, corte, pulido y lavado de mármoles. Granito y otras piezas.
3699e
Elaboración de yeso, triturado y molido de metálicos, mezclas preparadas para revoques y piedras naturales y artificiales para revestimientos.
3699e
Hidrófugo y productos de piedra, yeso y hormigón preparado.
3699e
Fabricación de productos minerales no metálicos, no clasificados en otra parte.
3710c
Industrias básicas de hierro y acero.
3720
Industrias básicas de metales no ferrosos.
3810f
Proceso de galvanización, estaño, cromado, plateado o metalización.
3811a
Fabricación accesorios metálicos para sanitarios.
3811b
Fabricación de cuchillería, herramientas manuales y artículos generales de ferretería.
3813a
Fabricación de productos de carpintería metálica
3813b
Preparación de tambores metálicos
3813c
Fabricación de tanques y depósitos metálicos
3813i
Fábrica de clavos, bulonería y/o alfileres
3819a
Fábrica de envases de hojalata y demás productos de hojalata, incluso cromolitografía
3819c
Fábrica de alambres de púas y/o alambres tejidos
3819f
Proceso de enlozado, esmaltado o trabajos análogos sobre metal
3819i
Fábrica de paneles para fijar afiches
3819i
Fábrica de metales plegados
3819i
Fábrica de resortes metálicos
3821
Fabricación de generadores de vapor y equipos conexos
3821
Construcción de motores o turbinas
3821b
Rectificación de motores
3823
Construcción de maquinarias para trabajar los metales y la madera
3823
Construcción y/o reparación de máquinas para trabajar la madera o metales
3824f
Construcción de máquinas o equipos, no clasificados en otra parte (excepto máquinas eléctricas)
3825a
Construcción de máquinas de oficina, cálculo y contabilidad
3825e
Fabricación de básculas y balanzas
3829
Fabricación de máquinas de coser y tejer familiares y semi industriales
3829c
Fabricación de cocinas, calefones y/o calefactores (excluidos los eléctricos)
3829d
Fabricación de ascensores
3829g
Fabricación de armas y artillería
3831a
Construcción de máquinas y aparatos industriales eléctricos.
3832c
Fabricación de aparatos y equipos de radio, televisión y afines
3832c
Fabricación de equipos y aparatos para comunicación
3833
Construcción de aparatos y accesorios eléctricos de uso doméstico
3833a
Fabricación de heladeras, lavarropas, acondicionador de aire y afines
3833e
Construcción de aparatos y suministros eléctricos no clasificados en otra parte
3834a
Fabricación de lámparas o tubos eléctricos
3839c
Fabricación de acumuladores, pilas, baterías y carbones.
3839d
Conductores eléctricos, aislados con esmalte, goma o plástico
3841a
Astilleros y talleres navales
3842
Talleres ferroviarios, construcción y reparación de locomotoras y vagones varios
3843a
Fabricación de tractores y/o implementos agrícolas
3843b
Fabricación y armado de automotores
3843b
Fabricación y armado de carrocerías, exclusivamente
3843e
Fabricación de componentes, repuestos y accesorios para automotores
3843e
Fabricación de radiadores para vehículos
3844
Fabricación de motocicletas y/o bicicletas
3845
Construcción, armado y reparación de aviones y/o planeadores
3849
Construcción de material de transporte no clasificado en otra parte
3851
Fabricación de equipo profesional y científico e instrumentos de medida y con
3852
Fabricación de aparatos fotográficos e instrumentos de óptica
3901
Fabricación de relojes
3901a
Fabricación de joyas
3903
Fabricación de artículos de deportes y atletismo
3909a
Fabricación de muñecas (excepto plástico)
3909b
Fabricación de lápices comunes, mecánicos, lapiceras estilográficas o esteográficas
3909c
Fabricación de pinceles, cepillos o escobas
3909i
Industrias manufactureras no clasificadas en otra parte.
3910
Fabricación de artículos moldeados.
3932b
Fabricación de discos fonográficos o reproducidos
7116a
Playas ferroviarias con lavado de automotores y motores
7116b
Lavadero industrial de botellas
7116c
Lavadero de automotores
7116d
Estaciones de servicio con lavadero de automotores
9110a
Planta de tratamiento de vertido
9411b
Elaboración de material foto sensible: películas, placas, telas y papeles, industria cinematográfica
9520a
Lavadero de bolsas de arpillera, lienzo y/o trapos
9520a
Lavadero industrial
9520b
Lavanderías con máquinas industriales con capacidad mayor de 10 kg. De ropa cada una.
ANEXO B
CODIGO DE ACTIVIDAD
UNIDAD DE PRODUCCION/MATERIA PRIMA
3111a
Tonelada de peso vivo de animal faenado
3111b
Tonelada de peso de carne utilizada como materia prima para la fabricación
3111c
Toneladas de peso vivo de aves
3110
Tonelada de materia prima utilizada para la fabricación más importante
3112a,b,c,d,e,
Tonelada de producto (lácteos mas importantes)
3114
Tonelada de producto (pescado procesado)
3115a,b,c,e
Tonelada de producto (aceite o productos pescado procesado)
3116
Tonelada de producto (cereales procesados)
3117a,b,c,d,e
Tonelada de producto (productos de panificación)
3118a
Tonelada de producto (azúcar)
3119a,b
Tonelada de producto (más importantes)
3121a,b,c,d,e,f,i
Tonelada de producto (más importante)
3113a
Tonelada de materia prima (frutas, verduras y hortalizas)
3131b,f,i,
Tonelada de alcohol (más importantes)
3132b
Tonelada de materia prima (uva o manzana)
3133d
m³ de cerveza
3134
m³ de producto (gaseosa o agua mineral)
3140a,b
Tonelada de materia prima (tabaco)
3210a
Tonelada de materia prima (lana, algodón, o cualquier otra fibra)
3210c
Tonelada de lana
3212
Tonelada de materia prima (material o fibras textiles)
3211c,d,e,f,g,h
Tonelada de materia prima (rayón, acetato, nylon, acrílico, poliester, etc)
3215
Tonelada de producto (estopa)
9520a,b
Tonelada de material lavado (ropa o material textil)
3311
Tonelada de producto (madera aserrada)
3311a,b,c
1000 m² de producto (madera)
3319
Tonelada de materia prima (madera)
3411a,b,c,d
Tonelada de producto (papel)
3412a,b
Tonelada de producto (envases)
3419
Tonelada de producto (papel engomado)
3420
Tonelada de producto (material impreso)
3420b
Tonelada de producto (material impreso)
3420c
Tonelada de producto (diarios y revistas impresas)
3231a,b,c
Tonelada de cuero procesado
3551a,b,c,
Tonelada de producto (neumáticos, gases licuados, etc.)
3511e
Tonelada de producto (ácidos y bases)
3131a,b
Tonelada de producto (alcoholes)
3529e
Tonelada de producto (tintas gráficas, etc.)
3511a,b,c,f
Tonelada de producto (ácidos o bases)
3720
Tonelada de producto (materiales no ferrosos procesados)
3811a,b
Tonelada de materia prima (más importantes)
3812
Tonelada de materia prima (más importantes)
3823
Tonelada de materia prima (más importantes)
3813c
Tonelada de materia prima (más importantes)
3821
Tonelada de materia prima (más importantes)
9110a
Personas por año servidas
4101a
MW-hora
3810f
m² de material galvanizado, estañado, cromado, etc.
3720
Tonelada de producto (materiales no ferrosos)
3811a,b,
Tonelada de materia prima (más importantes)
3812
Tonelada de materia prima (más importantes)
3823
Tonelada de materia prima (más importantes)
3813c
Tonelada de materia prima (más importantes)
3821
Tonelada de materia prima (más importantes)
3513a
Tonelada de producto (más importantes)
3521
Tonelada de producto (pinturas, pigmentos etc.)
3522c
Tonelada de producto (farmacéuticos)
3523a,b,c
Tonelada de producto (de perfumería y tocador)
3512
Tonelada de producto (fungicidas, insecticidas, etc.)
3530
m³ de petróleo crudo
3691a,b,
Tonelada de producto (ladrillo, material cerámico, etc.)
3710c
Tonelada de hierro y/o acero
ANEXO C
Código
PARTIDO
006
AVELLANEDA
069
LANUS
161
ESTEBAN ECHEVERRIA
076
LOMAS DE ZAMORA
003
ALMIRANTE BROWN
166
EZEIZA
141
VICENTE LOPEZ
136
TIGRE
118
SAN ISIDRO
154
GRAL. SAN MARTIN
157
3 DE FEBRERO
155
LA MATANZA
116
SAN FERNANDO
086
MORON
090
HURLINGHAM
071
BERAZATEGUI
079
FLORENCIO VARELA
082
QUILMES
990
CAPITAL FEDERAL
010
OTRO
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