Disposición 1/2002

Res. 325/01 - Mantenimiento De Valores

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Energia Electrica
Res. 325/01 - Mantenimiento De Valores

Mantienense los valores correspondientes a la programacion estacional de verano del mercado electrico mayorista y del mercado electrico mayorista del sistema patagonico, establecidos en la resolucion nro. 325/2001 de la secretaria de energia y mineria.

Id norma: 72089 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 29832

Fecha boletin: 06/02/2002 Fecha sancion: 31/01/2002 Numero de norma 1/2002

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Prospectiva Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Dirección Nacional de Prospectiva

ENERGIA ELECTRICA - PRECIOS ESTACIONALES

Disposición 1/2002

Mantiénense los valores correspondientes a la Programación Estacional de Verano del Mercado Eléctrico Mayorista y del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Patagónico, establecidos en la Resolución Nº 325/001 de la Secretaría de Energía y Minería.

Bs. As., 31/1/2002

VISTO el Expediente Nº 751-000169/2002 del Registro del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del 1º de febrero de 2002 deben regir los nuevos precios estacionales correspondientes a la Reprogramación Trimestral de Verano del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), conforme a "Los Procedimientos para la Programación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)" establecidos por la Resolución ex- SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias.

Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) ha elevado a esta SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA la Reprogramación Trimestral de Verano para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP).

Que el Fondo de Estabilización administrado por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) conforme a "Los Procedimientos para la Programación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)" establecidos por la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias, posee un saldo superior al fondo adecuado establecido por la normativa.

Que atendiendo la grave situación económica y social que atraviesa el País y teniendo en cuenta el estado del Fondo de Estabilización, es posible enfrentar la Reprogramación Trimestral de Verano manteniendo la vigencia de los valores establecidos en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA Nº 325 del 25 de octubre de 2001 correspondientes a la Programación de Verano para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP).

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Nº 5 del 31 de enero de 2002

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE PROSPECTIVA
DISPONE:

Artículo 1º — Mantener los valores correspondientes a la Programación Estacional de Verano del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) establecidos mediante los Artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º, 9º, 10, 11, 12 y 13 de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA Nº 325 del 25 de octubre de 2001, para la Reprogramación Trimestral de Verano comprendida entre el 1º de febrero de 2002 y el 30 de abril de 2002.

Art. 2º — Apruébase por el presente acto la Reprogramación Trimestral de Verano para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) elevada por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a esta SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA, correspondiente al período comprendido entre el 1° de febrero de 2002 y el 30 de abril de 2002, calculada según "Los Procedimientos para la Programación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)" establecidos por la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias.

Art. 3º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan G. Meira.

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