Resolución 4/2002

Contrataciones

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia E Infraestructura
Contrataciones

Determinase que la direccion de recursos humanos del ministerio de economia e infraestructura tendra a su cargo las funciones de recepcionar regularmente la informacion sobre contrataciones cuyo objeto sea la prestacion de servicios a titulo personal, cualquiera fuere su regimen, forma de pago y fuente de financiamiento, y de organizar el registro correspondiente.

Id norma: 72764 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29854

Fecha boletin: 08/03/2002 Fecha sancion: 28/02/2002 Numero de norma 4/2002

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Economia E Infraestructura Ver Resoluciones Observaciones: ABROGADA POR ART. 5 DE LA RESOLUCION N° 32/2007 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION B.O. 26/1/2007

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Economía e Infraestructura

CONTRATACIONES

Resolución 4/2002

Determínase que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Economía e Infraestructura tendrá a su cargo las funciones de recepcionar regularmente la información sobre contrataciones cuyo objeto sea la prestación de servicios a título personal, cualquiera fuere su régimen, forma de pago y fuente de financiamiento, y de organizar el registro correspondiente.

Bs. As., 28/2/2002

VISTO la Ley N° 25.188 de Etica en el Ejercicio de la Función Pública, y

CONSIDERANDO:

Que a efectos de dar cumplimiento a las previsiones de la ley citada en el Visto y a fin de facilitar la gestión de los procesos de control de la Unidad de Auditoría Interna y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, resulta procedente instrumentar en el ámbito de la administración central del MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA un mecanismo confidencial y dinámico de información relativo a las contrataciones cuyo objeto sea la prestación de servicios a título personal, cualquiera fuere su régimen, forma de pago y fuente de financiamiento, incluyendo las suscriptas en el marco de convenios de cooperación y/o asistencia técnica con cualquier institución pública o privada, y por programas y/o proyectos especiales financiados total o parcialmente por Organismos Internacionales.

Que a los efectos de llevar un registro actualizado de esas contrataciones, resulta conveniente también incluir a todas aquellas que se hubieren materializado anteriormente y se encontraran vigentes.

Que con ese propósito resulta procedente instruir a las distintas dependencias de esta Jurisdicción a efectos de que impongan de las novedades que sobre el particular se produzcan, al área competente para centralizar dicha información.

Que por consiguiente, corresponde determinar la dependencia que tendrá a su cargo la función de recepcionar regularmente la información de que se trata y de organizar el registro correspondiente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las previsiones del Título 2, artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias y las facultades establecidas por el Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURARESUELVE:

Artículo 1° — Las Secretarías y Subsecretarías con dependencia orgánico-funcional en jurisdicción de este Ministerio deberán informar a la Dirección General de Recursos Humanos sobre toda contratación cuyo objeto sea la prestación de servicios a título personal, cualquiera fuere su régimen, forma de pago y fuente de financiamiento, incluyendo las contrataciones en el marco de convenios de cooperación y/o asistencia técnica con cualquier institución pública o privada, y por programas y/o proyectos especiales financiados total o parcialmente por Organismos Internacionales, y sin perjuicio del tipo de acto administrativo mediante el cual se hubieran formalizado, remitiendo a la citada dependencia en soporte magnético, la información contenida en el formulario que consta en el Anexo a la presente resolución, que forma parte integrante de la misma.

Art. 2° — La disposición contenida en el artículo precedente será de aplicación para todas las contrataciones que se efectúen y las bajas que se produzcan a partir de la fecha de la presente resolución y con efecto para aquellas contrataciones que se hubieren efectuado con anterioridad y que se encuentren vigentes.

Art. 3° — La Coordinación de Contratos y Pasantías de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio tendrá a su cargo la recepción y centralización de la información encomendada por el artículo 1° de la presente resolución, debiendo mantener actualizado un registro de las altas y bajas que se produzcan.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge Remes Lenicov.

ANEXO I

SECRETARIA:

SUBSECRETARIA:

PROYECTO/PROGRAMA DE TRABAJO:

.

DATOS DEL CONTRATADO

APELLIDO:

NOMBRE:

FECHA DE NACIMIENTO:

NACIONALIDAD:

DNI N°:

C.U.I.T.

DOMICILIO:

TELEFONO:

LOCALIDAD:

PROVINCIA:

NIVEL DE EDUCACION:

PROFESION:

DATOS DEL CONTRATO

MARCO LEGAL DE LA CONTRATACION:

AUTORIDAD PROPICIANTE:

RESPONSABLE DIRECTO:

PERIODO DE LA CONTRATACION:

FUNCION Y RANGO:

HONORARIO MENSUAL:

GASTO TOTAL DE LA CONTRATACION:

IMPUTACION PRESUPUESTARIA:

CODIGO DE DEPENDENCIA:

OBJETO DE LA CONTRATACION:

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