Acta 2/2002

Xlvi Reunion Ordinaria Del Grupo Mercado Comun

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Xlvi Reunion Ordinaria Del Grupo Mercado Comun

Xlvi reunion ordinaria del grupo mercado comun, celebrada en buenos aires, los dias 19 y 20 de junio de 2002.-

Id norma: 77405 Tipo norma: Acta Numero boletin: 29975

Fecha boletin: 03/09/2002 Fecha sancion: 19/06/2002 Numero de norma 2/2002

Organismo (s)

Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Actas Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

MERCOSUR/GMC/ACTA N° 2/02

XLVI REUNION ORDINARIA DEL GRUPO MERCADO COMUN

Se celebró en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, entre los días 19 y 20 de junio de 2002, la XLVI Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común, con la presencia de las delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

La Lista de Participantes figura en el Anexo I

La Agenda de los temas tratados figura en el Anexo II

Las Resoluciones N° 17/02 a N° 38/02 en el Anexo III.

En la Reunión se trataron los siguientes temas:

1.— DEFENSA COMERCIAL INTRAZONA

El GMC elevó al CMC sendos proyectos de Decisión mediante los cuales se incorporan al ordenamiento MERCOSUR el Acuerdo Relativo a la aplicación del Artículo Vl del GATT 1994 y el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC. Las propuestas figuran en el ANEXO III (RES. GMC 38/02 MERCOSUR/XLVI GMC/P. DEC N° 15/02 y 16/02).

2.— PROGRAMAS DE FOROS DE COMPETITIVIDAD

Los Coordinadores Nacionales consideraron el Proyecto de Decisión presentado por la PPT en la XXIV Reunión Extraordinaria del GMC así como el texto alternativo presentado por la delegación de Uruguay en la XLV Reunión del GMC.

Las delegaciones de Argentina. Brasil y Paraguay señalaron su gran interés en avanzar en esta materia.

3. — DEC. CMC N° 57/00 ACCESO A MERCADOS

3.1. Propuesta de Reglamentación del Art. 50 del Tratado de Montevideo 1980

Las delegaciones consideraron el proyecto de Decisión que fuera elevado por la LIIICCM, como la propuesta alternativa circulada por la PPT con anterioridad a la presente Reunión, que consta como ANEXO VI (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 8/02).

El GMC acordó continuar con el tratamiento de este tema, conjuntamente con los trabajos que la CCM elevará, oportunamente, en materia de procedimientos administrativos.

3.2. Procedimientos Administrativos

Los Coordinadores Nacionales tomaron nota del documento elaborado por la PPT que consolida el resultado de las consideraciones efectuadas en el marco de la CCM sobre la negociación de disciplinas relativas a los procedimientos administrativos de comercio exterior adoptados por los Estados Partes. ANEXO VII (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 9/02).

El GMC instruyó a la CCM a proseguir con los trabajos tendientes a la reglamentación de los Procedimientos Administrativos en el MERCOSUR y elevar un informe para la XLVIII Reunión Ordinaria del GMC.

4.— PRORROGA DE PLAZOS

4.1. Grupo de Alto Nivel - Arancel Externo Común: Decisiones CMC N° 5/01 y N° 16/01 (Artículo 1)

El GMC decidió proponer al CMC prorrogar hasta el 10 de junio de 2003 el plazo para que el Grupo de Alto Nivel constituido por la Decisión CMC N° 05/01, eleve propuestas al Grupo Mercado Común relacionadas al mandato establecido en los Artículos 1° y 2° de la referida Decisión CMC. El Proyecto de Decisión figura como ANEXO III (RES. GMC N° 38/02 MERCOSUR/XLVI GMC/P.DEC N° 6/02).

Como contribución para los trabajos del GAN, la delegación de Argentina se comprometió a elaborar una propuesta sobre la metodología para el análisis de la consistencia y dispersión del AEC y presentarla antes del 30 de septiembre de 2002.

4.2. Compras Gubernamentales (XLIV GMC - Acta 04/01 - punto 4.4.13)

El GMC acordó prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2002 la fecha para que el Grupo Ad Hoc de Compras Gubernamentales finalice el proyecto de "Protocolo sobre Compras Gubernamentales". Abordando los temas aún pendientes

Al respecto, el GMC acordó el tratamiento de estos temas identificados en el punto 5.4.9 del Acta 3/01 del XLIII GMC y de otros relacionados, que puedan ser presentados por alguno de los Estados Partes en la próxima Reunión Ordinaria.

4.3. Propuesta Reglamentación aplicación Art. 50 Tratado de Montevideo 1980 (Artículo 4 - Dec. CMC N° 57/00)

Atento que el plazo para presentar una propuesta sobre el particular a la CCM venció el 31 de mayo de 2002, el GMC propuso al CMC prorrogar el plazo para concluir esta tarea hasta el 20 de noviembre de 2002. El Proyecto de Decisión figura como ANEXO III (RES. GMC N° 38/02 MERCOSUR/ XLVI GMC/P.DEC. N° 6/02).

4.4. Procedimientos Administrativos (Artículo 5 Dec. CMC N° 57/00)

Atento que el plazo para presentar una propuesta sobre el particular venció el 31 de mayo de 2002, el GMC elevó a consideración del CMC una propuesta para prorrogar el plazo para concluir esta tarea hasta el 20 de noviembre de 2002. Proyecto de Decisión figura como ANEXO III (RES. GMC N° 38/02 MERCOSUR/XLVI GMC/P DEC. N° 6/02).

5.— EVALUACION DE LAS PRIORIDADES DE LOS TRABAJOS DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DEL GMC Y DE LA CCM.

Las delegaciones efectuaron consideraciones sobre el documento elaborado por la PPTA que fuera presentado en ocasión del XLV GMC.(Anexo VII - Acta 1/02)

La delegación de Uruguay realizó aportes al mencionado documento en el sentido de identificar otras prioridades a las contenidas en dicho documento. Por su parte, la delegación de Paraguay formuló comentarios sobre el tema e hizo entrega de un documento, el que figura como ANEXO VIII (MERCOSUR/ XLVI GMC/DT N° 12/02).

Las delegaciones identificaron un conjunto de lineamientos para que, entre otros, sean tenidos en cuenta por los órganos del MERCOSUR para la definición de sus pautas negociadoras, programas de trabajo y metodología de funcionamiento:

a.— los objetivos establecidos por el Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

b.— sus prioridades en función de la complejidad de los diferentes temas contenidos en sus programas de trabajo desde una dimensión de corto, de mediano y largo plazo.

c.— una mayor utilización de las comunicaciones digitales para que las mismas adelanten las tareas de los grupos entre sus reuniones.

d.— la coordinación de posiciones en materia de negociaciones externas, cuando fuera el caso y siempre que no sea en menoscabo de su competencia primaria.

En el caso del SGT N° 14, la Delegación de Paraguay manifestó que, a la luz de los resultados de los trabajos de este Subgrupo, se debería evaluar la conveniencia de su continuidad, teniendo además en cuenta los objetivos para los cuales fue oportunamente creado.

6.— FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

6.1. Funcionamiento de la Comisión de Comercio.

El GMC consideró el proyecto de Decisión elaborado por el SGT N° 2 sobre "Funcionamiento de la CCM", que cuenta con la aprobación de las delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay y que figura como ANEXO IX (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 10/02).

Esta propuesta referida a la modalidad de funcionamiento de la CCM. combina la celebración de las reuniones ordinarias plenarias con reuniones de seguimiento periódicas, y establece la ciudad de Montevideo para la celebración de las mismas a efectos de contar con un lugar de trabajo estable.

Teniendo en cuenta que no ha sido posible arribar a consenso en esta instancia, el GMC decidió elevar el tema a consideración del Consejo del Mercado Común.

6.2. Secretaría Técnica

El GMC consideró el informe elaborado por el SGT 2 sobre la creación de la asesoría técnica para el MERCOSUR que se adjunta como ANEXO X (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 5/02) y un Proyecto de Decisión elaborado en base a una propuesta remitida por el Canciller del Uruguay que figura como ANEXO X (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 11 /02).

Al respecto, el GMC elevó a consideración del CMC el Proyecto de Decisión con distintas alternativas para la conformación de esa asesoría técnica.

6.3. Proyecto de Decisión sobre Reglas Modelo de Procedimiento para los Tribunales Arbitrales MERCOSUR

El GMC eleva al CMC un Proyecto de Decisión elaborado por el SGT N° 2 "Aspectos Institucionales" que aprueba las Reglas Modelo de Procedimiento para los Tribunales Arbitrales del MERCOSUR.

Esas Reglas Modelo tienen pendiente de definición el artículo 14 referido al lugar de los arbitrajes.

La Delegación del Paraguay manifestó su preocupación por la falta de mención en las Reglas Modelo de la parte dispositiva de la Dec. CMC N° 28/94 confirmada por lo dispuesto en el art. 53 del Protocolo de Ouro Preto, por cuanto se trata de una norma aprobada por todos los Estados Partes del MERCOSUR.

7.— SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS DE LA COMISION DE COMERCIO, SUBGRUPOS Y FOROS DE MERCOSUR.

La PPTA circuló los informes sobre lo actuado por de la CCM, Subgrupos y foros del MERCOSUR durante el primer semestre de 2002.

7.1. DEC. CMC N° 59/00 - Pautas Negociadoras y Programas de Trabajo 2002.

El GMC aprobó los Programas de Trabajo para el año 2002 de los siguientes foros de negociación, que figuran en el ANEXO XI (MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 6/02)

SGT3 Comisión de Industria Automotriz
SGT3 Comisión de Evaluación de la Conformidad
SGT3 Comisión de Seguridad de Productos Eléctricos
SGT3 Grupo de Trabajo Juguetes
SGT 7 Programa de Trabajo 2002
RECYT Programa de Trabajo 2002-2003
REMI Programa de Trabajo 2002
REM Programa de Trabajo 2002
CSLM Programa de Trabajo 2002

El GMC autorizó al SGT N° 10 a desarrollar durante el año 2002 las tareas comprendidas en su Programa de Trabajo del 2001.

7.2. Grupo Servicios

7.2.1. Estado de Incorporación del Protocolo de Montevideo

Las delegaciones informaron sobre el estado de tratamiento parlamentario de los proyectos de ley que incorporan a sus respectivos ordenamientos jurídicos el mencionado Protocolo:

— Argentina: Cuenta con media sanción del Senado y ha sido aprobado por todas las Comisiones competentes de la Cámara de Diputados, faltando sólo su aprobación en el Plenario de dicha Cámara.

— Brasil: Ha sido aprobado por todas las Comisiones competentes de la Cámara de Diputados. Una vez aprobada por el Plenario de dicha Cámara deberá ser tratado por la Cámara de Senadores.

— Paraguay: Se encuentra en la Cámara de Diputados

— Uruguay: Se encuentra en la Comisión de Asuntos Internacionales de la Cámara de Diputados.

El GMC acordó continuar con el seguimiento del tema en la próxima Reunión.

El GMC expresó su preocupación porque ningún Estado Parte ha concluido el respectivo proceso de incorporación del Protocolo de Montevideo sobre Comercio de Servicios, a más de cuatro años de producida su aprobación por DEC. CMC N° 13/97.

7.2.2. Visa MERCOSUR

Con relación al Proyecto de Decisión "Acuerdo para la creación de una Visa MERCOSUR", Uruguay indicó que aún se están realizando consultas internas y que no se encuentra en condiciones de acompañar el referido proyecto en la presente Reunión. El GMC acordó continuar su tratamiento en la próxima Reunión Ordinaria.

7.3. Seguimiento de Otros Organos

El GMC recuerda a sus órganos dependientes que el Boletín de Indicadores Macroeconómicos elaborado por el SGT N° 14 "Seguimiento de la Coyuntura Económica y Comercial" se encuentra en el sitio web del MERCOSUR.

7.3.1. Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM)

El GMC instruyó a la CCM a realizar un informe que refleje las causas que impiden la puesta en práctica de la Resolución GMC N° 117/94 y elevarlo a consideración del GMC.

Asimismo, el GMC instruyó a la CCM a formular los términos de la consulta específica que deberá ser remitida al SGT N° 1 "Comunicaciones", en el sentido de analizar los requisitos específicos de origen para los cables de fibra óptica NZDF, a fin de contar /con mayores elementos técnicos para el análisis de este tema por parte de la CCM.

7.3 2. Comité de Sanidad Animal y Vegetal (CSAyV) y Comité de Directores de Aduanas (CDA)

Las delegaciones coincidieron en que fueron cumplidos varios de los objetivos previstos para la creación de los Comités y consideraron que los temas relativos a "Acceso a Mercados" que aún persisten, deberán ser tratados por otros foros competentes del MERCOSUR. En tal sentido, se decidió dar por finalizadas las actividades de ambos Comités mediante la Res. GMC N° 37/02.

7.3.3. SGT N° 1

El GMC acordó prorrogar el plazo definido en la instrucción impartida en la XLIII Reunión del GMC (Acta 3/01, punto 5.4.8.) hasta la próxima Reunión del "Grupo Servicios", prevista entre los días 23 y 25 de septiembre de 2002.

7.3.4. SGT N° 2

Consulta del SGT 11 relativa al punto 5.2. de la Res. GMC N° 152/96

Respecto a la consulta presentada al SGT N° 2 por el SGT N° 11 sobre el procedimiento de revisión de reglamentos técnicos y la interpretación del punto 5. 2. de la Res. GMC N° 152/96, el GMC confirma el criterio del SGT N° 2 que tanto en el caso de la elaboración de reglamentos técnicos nuevos como en el de revisión de esos reglamentos los Estados Partes deben dar cumplimento al mecanismo propio de consulta interna previsto en el punto 5.2. de la Res. GMC N° 152/96.

Esta opinión tiene su fundamento en la circunstancia de que toda revisión y consecuente modificación de un reglamento técnico significa adoptar un texto nuevo a ser aprobado por el GMC e incorporado a los ordenamientos jurídicos internos.

Por otra parte, la aprobación por los órganos del MERCOSUR de disposiciones que no sean reglamentos técnicos y que por los requerimientos del ordenamiento nacional de algún país necesite consulta interna, está sujeta a los requisitos propios de cada Estado Parte antes de su aprobación cuatripartita.

7.3.5. SGT N° 3

El GMC tomó conocimiento del cuadro actualizado sobre el seguimiento de las revisiones de las Resoluciones GMC elevado por el SGT N° 3

El GMC instruyó al SGT N° 3 a intercambiar información y consultas con el SGT N° 1 en los temas que sean de interés común.

Informe sobre la revisión de la Res. GMC N° 18/94

El GMC conforme a la instrucción impartida en la XLIV Reunión Ordinaria del GMC recibió el informe del SGT N° 3 relativo a la propuesta de revisión de la Res GMC 18/94.

Asimismo, Brasil informó que fue prorrogada, hasta el 2 de febrero de 2003, la aplicación de las Resoluciones ANVISA 39/01 y 40/01 sobre "Rotulado Nutricional" por medio de la Resolução -RDC N° 155/02 del 27 de mayo de 2002 (DOU 29/5/02).

Por otra parte, el GMC tomó conocimiento de que Argentina y Brasil suscribieron un Entendimiento por el cual se suspende, hasta el 31 de diciembre de 2002, la prosecución de las etapas relativas a la controversia planteada por Argentina a Brasil con motivo del dictado de las citadas Resoluciones.

En tal sentido, el GMC instruyó al SGT N° 3 a continuar con la tarea encomendada por este órgano en ocasión del XLIV GMC.

Informe sobre la solicitud de revisión de Productos Lácteos

El GMC recibió el Informe del SGT N° 3 relativo a la Revisión de Reglamentos Técnicos MERCOSUR de Productos Lácteos que solicitara en su XLIV Reunión Ordinaria.

Por su parte, Brasil se comprometió a presentar un texto consolidado con su nueva solicitud de revisión de Reglamentos Técnicos de productos lácteos, a la mayor brevedad.

Las delegaciones acordaron mantener el tratamiento de este tema en la Agenda de la próxima Reunión.

Sistema de Información y Notificación

El GMC tomó conocimiento de la solicitud efectuada por el SGT N° 3 en su XIII Reunión relativa a un pedido de instrucción sobre el tema "Sistema de Información y Notificación".

Al respecto, el GMC acordó mantener este tema en su agenda, a fin de que los Estados Partes realicen las consultas internas necesarias y a continuar con su tratamiento en su próxima Reunión.

La delegación de Brasil señalo que los avances en este tema están relacionados con el perfeccionamiento del sistema de revisión de los RTMs, teniendo en cuenta la necesidad de un tratamiento estructurado para la elaboración, adopción y revisión de reglamentos técnicos en el ámbito de cada Estado Parte y del MERCOSUR.

La delegación de Argentina entiende que el análisis del procedimiento de revisión de RTMs y el establecimiento de un Sistema de Información y Notificación son temas independientes, dado que el primero se refiere al mecanismo de revisión de normativa MERCOSUR y el segundo a la normativa de cada Estado Parte. Por lo tanto, cada uno tiene entidad propia para su tratamiento en forma individual.

Patrones de Identidad y Calidad de productos in natura

El GMC tomó conocimiento que las delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay entienden que la aplicación de las Portarias 7/02 y 85/02 pueden dejar sin efecto unilateralmente Resoluciones MERCOSUR.

Por su parte, la delegación de Brasil señaló que las Portarias SARC 7/02 y 85/02 no contendrán exigencias adicionales a las actualmente vigentes en Brasil y que este tema está siendo tratado en la CCM.

El GMC instruye al SGT N° 3, a que eleve un informe que refleje los puntos que no permitieron alcanzar un consenso con respecto a las siguientes revisiones de PlC ’s, ya autorizadas por el GMC en su XXXIX Reunión Ordinaria: Res. GMC N° 98/94, 99/94, 100/94, 85/96, 117/96, 118/96, 142/96, 5/97; aunque transitoriamente no se encuentran en tratamiento en la Comisión de Alimentos de dicho SGT. En este contexto, el GMC insta a que los Estados Partes que todavía no hayan presentado sus propuestas técnicas lo hagan, a efectos de elaborar dicho informe para la próxima Reunión del GMC.

El GMC acordó que vuelva al SGT 3 el Proyecto de Resolución N° 13/01 "RTM sobre Espejos Retrovisores" a fin de que los Estados Partes compatibilicen las versiones en español y portugués.

7.3.6. SGT N° 4

El GMC acordó prorrogar el plazo definido en la instrucción impartida en la XLIII Reunión del GMC (Acta 3/01, punto 5.4.8) hasta la próxima Reunión del "Grupo Servicios", prevista entre los días 23 y 25 de septiembre de 2002.

7.3.7. SGT N° 7

Se instruye al SGT N° 7 a definir plazos en su Programa de Trabajo conforme a lo establecido por la Dec. CMC N° 59/00.

7.3.8. SGT N° 8

El GMC acordó que vuelvan al SGT N° 8 los siguientes Proyectos de Resolución a fin de consolidar las versiones en español y portugués:

— P/RES N° 1/02 "Requisitos y Certificados Zoosanitarios para el intercambio de Suinos entre los Estados Partes del MERCOSUR".

— P/RES N° 2/02 "Procesos de Certificación de Semillas y Acreditación para la Certificación de Semillas Botánicas en la Región".

— P/RES N° 3/02 "Requisitos para la Certificación No Definitiva de Lotes de Semillas Botánicas de la Clase / Categoría Certificada".

7.3.9. SGT N° 10

El GMC tomó conocimiento con beneplácito de los documentos "Repertorio de Recomendaciones Prácticas sobre Formación Profesional" y "Seguridad y Salud en el Trabajo" consensuados por el SGT N° 10, que constan en ANEXO IV (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 6/02).

7.3.10. SGT N° 11

El GMC tomó conocimiento del cuadro de seguimiento de incorporación de las normas MERCOSUR del SGT N° 11 a los Ordenamientos Jurídicos Nacionales de los Estados Partes.

El GMC remitió al SGT N° 11 el documento sobre "Seguridad y Salud en el Trabajo" elaborado por el SGT N° 10 a fin de ser tenido en cuenta en el desarrollo de sus trabajos.

La delegación de Uruguay se comprometió a exponer en la próxima Reunión del GMC las razones por las cuales se ha visto impedido de aprobar el Proyecto de Resolución N° 2/98 "Contratación de Servicios de Tercerización para Productos Farmacéuticos en el MERCOSUR".

7.3.11.SGT N°13

El GMC instruye al SGT N° 13 a intercambiar información y consultas con el SGT N° 1 en los temas que sean de interés común.

7.3.12. SGT N° 14

El GMC reitera la instrucción para que presente su Programa de Trabajo, el cual deberá prever la elaboración de un informe periódico de seguimiento de la coyuntura económico-comercial del MERCOSUR y un análisis de comercio intra y extra-regional. Se coincidió en que los trabajos de este SGT deben tener en cuenta los temas de la agenda MERCOSUR, con vistas a complementar las tareas que se vienen desarrollando en otros foros negociadores.

7.3.13. Comisión Sociolaboral del MERCOSUR

El GMC aprueba el documento relativo a "Trabajo Infantil" y acuerda elevarlo a consideración del CMC a los efectos de que sea suscripto como Declaración Presidencial.

7.3.14. Comité de Cooperación Técnica

El GMC consideró el Informe del CCT que consta como ANEXO Xll (MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 7/02).

Con relación al Convenio de Financiación del Proyecto de Cooperación Aduanera MERCOSUR - UE el GMC instruyó a la CCM a avanzar en la planificación de las actividades que serán desarrolladas en el marco de este programa.

Teniendo en cuenta la importancia de la oferta de cooperación manifestada por representantes del Gobierno de Corea, el GMC instruyó al CCT a dinamizar con los ámbitos competentes del MERCOSUR los contenidos y procedimientos para concretar los seminarios y actividades de cooperación.

La PPTA informó que cumplió con la presentación ante el Fondo Pérez Guerrero del Proyecto de "Apoyo a la investigación económica en el MERCOSUR" de la Red de Investigaciones Económicas del MERCOSUR.

El GMC tomó conocimiento de la evaluación desarrollada por el CCT con la colaboración de los ámbitos beneficiarios de los proyectos ejecutados y en ejecución e instruyó al CCT a continuar con esa tarea en acuerdo con la Res. GMC N° 47/01 que contenga lineamientos y sugerencias para mejorar el impacto de los proyectos de cooperación en ejecución en el proceso de integración.

El GMC instruyó al CCT a:

— remitir al BID las iniciativas de cooperación del SGT N° 11 "Salud" relativas a "Vigilancia Epidemiológica y control sanitario en Pasos de Frontera" y "Farmacovigilancia en el MERCOSUR".

— que explore, a iniciativa del SGT N° 10, ante la Organización Internacional para las Migraciones la factibilidad de otorgar cooperación técnica para la elaboración de una matriz de datos estructurales normativos e institucionales para las zonas fronterizas y la realización del informe de sistematización.

— informar al SGT N° 11 sobre el contenido del Proyecto "Gestión de Residuos Sólidos del MERCOSUR", elevado por la Reunión Especializada de Municipios e Intendencias al CCT y que fuera aprobado en la XLIV Reunión Ordinaria del GMC, ítem 4.3, tercer párrafo.

— realizar la presentación de los términos de referencia de la Segunda Fase del Proyecto CEMERCOSUR de Cooperación y Asistencia Técnica en Materia Agrícola, Convenio N° ALA 93/143 a la Unión Europea, a la máxima brevedad.

— examinar la posibilidad de elaborar criterios y procedimientos para la cooperación del MERCOSUR con Países Extrazona, Asociaciones Regionales u Organismos Internacionales.

El GMC instruyó a la Coordinación Nacional de la PPT a realizar consultas con el Gobierno de la República de Francia a los efectos de conocer su parecer sobre la posibilidad de llevar a cabo un acuerdo entre Francia y el MERCOSUR relativo al proyecto Instituto Pasteur que se analiza en la RECyT.

7.3.15. Reunión Especializada sobre Drogas (RED)

El GMC consideró conveniente que se incorporen en las delegaciones en la RED a funcionarios que participen de las reuniones del GAH Sicotrópicos y Estupefacientes del SGT N° 11 "Salud".

El GMC tomó nota de la propuesta de creación de un Grupo de Consulta Permanente en el marco de la Reunión de la Comisión Técnica sobre Trafico Ilícito y Control de Sustancias Químicas y recuerda que las Reuniones Especializadas tienen autonomía para crear instancias negociadoras dentro de su propio foro.

7.3.16. Reunión Especializada de la Mujer (REM)

El GMC tomó conocimiento de la propuesta de Reglamento Interno de la REM y recordó que cada foro tiene autonomía para dictar las normas de procedimiento interno que considere conveniente para su funcionamiento en consonancia con la normativa MERCOSUR.

El GMC tomó nota de los trabajos realizados por la REM en su Reunión llevada a cabo en Buenos Aires entre los días 27 y 28 de mayo y señaló la importancia de que los Estados Partes cuenten con normativa referida a:

— la participación política de la mujer,

— igualdad y equidad de géneros y oportunidades,

— el enfoque de género en los presupuestos nacionales.

7.3.17. Reunión Especializada de Municipios e Intendencias (REMI)

El GMC autoriza a la REMI a invitar a representantes de municipios de Chile a participar en sus Reuniones.

El GMC instruye a la REMI a definir plazos en su Programa de Trabajo conforme a lo establecido por la Dec. CMC N° 59/00.

8.— CONTROVERSIAS Y RECLAMACIONES

8.1. Reclamación de la República Oriental del Uruguay contra la República Argentina sobre discriminaciones tributarias, restricciones al acceso e incentivos a la exportación en las Provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan.

El GMC analizó la Reclamación y decidió mantenerla en su ámbito, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 del Anexo del Protocolo de Ouro Preto.

Argentina manifestó que adhiere en esta instancia a las conclusiones de los expertos argentinos que participaron en la Reunión del Comité Técnico. Asimismo, consideró importante destacar que los expertos de Argentina y Brasil coincidieron en el Comité Técnico, en que la legislación argentina cuestionada por Uruguay no puede ser analizada ni considerada como una restricción no arancelaria al comercio intrazona y que por lo tanto no se encuadra en las previsiones del artículo 5 ni en las del artículo 10 del Anexo I del Tratado de Asunción.

La delegación de Uruguay reiteró lo expresado en el planteo de su reclamación y se remitió además a las conclusiones del experto que designara. Por otro lado, Uruguay se reservó el derecho de convocar en su caso a una Reunión Extraordinaria del GMC a efectos de tratar esta Reclamación en aplicación del artículo 5 del Anexo al Protocolo de Ouro Preto.

8.2. Reclamación de la República Oriental del Uruguay contra la República Federativa del Brasil al amparo del Protocolo de Ouro Preto por normativa que restringe el acceso al mercado en el sector cigarrillos.

El GMC analizó la Reclamación tomando en cuenta las conclusiones de los expertos que integraron el Comité Técnico, y decidió mantenerla en su Agenda en orden a lo dispuesto en el artículo 5 del Anexo del Protocolo de Ouro Preto.

La delegación de Uruguay se reservó el derecho de convocar, en su caso, a una Reunión Extraordinaria del GMC a efectos de tratar esta Reclamación en aplicación del artículo 5 del Anexo al Protocolo de Ouro Preto.

La Delegación de Brasil consideró importante destacar que en el ámbito del Comité Técnico hubo consenso respecto de algunos puntos de la Reclamación. Las delegaciones de Brasil y de Argentina manifestaron que en este ámbito comparten las conclusiones alcanzadas por sus expertos en el Comité Técnico.

8.3. Reclamación de la República Federativa de Brasil a la República del Paraguay sobre Derechos de Importación Específicos Mínimos (DIEM).

La República del Paraguay comunicó que por medio del Decreto 14.949/01 fue derogada la normativa que establecía los Derechos de Importación Específicos Mínimos.

En atención a lo expuesto y dado que la Reclamación de referencia carece actualmente de objeto, el GMC dio por concluida su intervención.

9.— DECRETO 137/02 DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

La delegación de Uruguay efectuó una presentación sobre las razones que llevaron a su Gobierno a adoptar el Decreto de referencia.

10.- SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR (SAM)

El GMC recibió el informe presentado por el Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR sobre la situación financiera y presupuestaria de la SAM. Ante las dificultades que enfrenta la SAM por la falta de pago de algunos Estados Partes, el GMC consensuó un informe que será remitido a los Sres. Cancilleres y Ministros de Economía de los Estados Partes, por intermedio de la PPT, explicando dicha situación y solicitando su tratamiento en la XXII Reunión del CMC. Dicho informe consta como ANEXO XIII (RESERVADO) MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 8/02.

El GMC recibió el informe elevado por el Grupo de Asuntos Presupuestarios (GAP) sobre la situación financiera y presupuestaria de la SAM. Al respecto, el GMC acordó aprobar el procedimiento que deberá seguir el director de la SAM para la toma de créditos en la plaza financiera elevado por el GAP

Asimismo el GMC instruyó al GAP para que presente en su próxima Reunión ordinaria un informe sobre los cursos de acción a seguir para crear un Fondo de Capital de Trabajo de la SAM; adoptar un presupuesto bianual y para lograr una distribución más eficiente de los recursos disponibles.

Por otra parte, el GMC instruyó a la SAM difundir el Boletín de Indicadores Macroeconómicos al resto de los órganos institucionales del MERCOSUR a los efectos de su mayor aprovechamiento con el fin de recabar las necesidades de información económica adicional que pueden tener los mismos.

11. INCORPORACION DE LA NORMATIVA MERCOSUR

11.1. Normas que no requieren ser incorporadas.

Las delegaciones tomaron conocimiento del informe elevado por la Reunión Técnica de Incorporación de Normativa (RTIN).

El GMC aprobó el Documento "Listado de Normas que no necesitan incorporación a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes por reglamentar aspectos de funcionamiento interno del MERCOSUR". Se dejó expresa constancia que el GMC podrá complementar dicho documento cuando lo estime necesario. El documento figura en el ANEXO XV MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 9/02. El GMC agradeció a la SAM por el trabajo de apoyo para la realización de este documento.

11.2. Solicitudes de normas prioritarias para su incorporación

Respecto al documento "Listado de Normas que no han sido incorporadas por ningún Estado Parte, el GMC solicitó a los foros técnicos que analicen las normas correspondientes al período 1997-1999 a efectos de que informen si la normativa mantiene actualidad debido al tiempo transcurrido desde su aprobación. El GMC agradeció a la SAM por el trabajo de apoyo para la realización de este documento.

La delegación de Brasil solicitó a los Estados Partes información respecto al estado de situación de un listado de normas, requiriendo una respuesta de los demás Estados Partes.

12.— RELACIONAMIENTO EXTERNO

12.1. MERCOSUR-Unión Europea

Las delegaciones intercambiaron opiniones en torno a la Reunión Ministerial que se realizará el próximo 23 de julio en Río de Janeiro, en cumplimiento del mandato establecido en el Párrafo 9 del Comunicado Conjunto de la II Cumbre MERCOSUR-UE realizada en Madrid.

La PPT confirmó que el día 21 de junio de 2002 se realizará una Reunión Intra-MERCOSUR.

12.2. MERCOSUR-ALCA

El GMC efectuó un intercambio de opiniones sobre la presentación, en el marco de las negociaciones del ALCA, del arancel base del MERCOSUR. Asimismo acorde continuar con el tratamiento del tema en su próxima Reunión Ordinaria.

La delegación de Brasil informó que, durante su PPT, presentará un calendario de reuniones para avanzar en el tratamiento específico de este tema. En particular se decidió realizar una Reunión de coordinación Intra MERCOSUR previa a la Reunión del CNC que se celebrará en la República Dominicana entre los días 28 y 30 de agosto.

12.3. MERCOSUR-CHILE

Las delegaciones acordaron que la PPT efectuará consultas a fin de fijar la fecha de realización de la próxima Reunión de la Comisión Administradora del ACE 35, la que deberá tener lugar a más tardar en la primera semana de agosto próximo.

La delegación de Brasil insistió en que la Reunión debería realizarse los días 1 y 2 de julio próximo, con el objetivo de aprobar los entendimientos Argentina-Chile y Brasil-Chile.

12.4. MERCOSUR-BOLIVIA

El GMC acordó proponer a Bolivia, a través de la PPT, la realización de una Reunión Extraordinaria de la Comisión Administradora del ACE 36 los días 1 y 2 de julio en la ciudad de Buenos Aires.

12.5. MERCOSUR-MEXICO

Las delegaciones consideraron el texto del proyecto de Acuerdo Marco MERCOSUR-México para el establecimiento de una zona de libre comercio, que figura como ANEXO XIV (RESERVADO) MERCOSUR/ XLVI GMC/DT N° 13/02.

12.6. MERCOSUR-CAN

Las delegaciones efectuaron una evaluación de la propuesta presentada por la Comunidad Andina e indicaron que la misma no introdujo avances significativos en relación a la propuesta presentada en la V Reunión MERCOSUR-CAN.

12.7. MERCOSUR-SUDAFRICA

El GMC tomó conocimiento de la postergación de la II Reunión de la Comisión Negociadora MERCOSUR - Sudáfrica prevista para los días 3 al 5 de junio. En tal sentido, se mencionó la posibilidad de que dicha Reunión se realice a fines del mes de julio próximo.

12.8. MERCOSUR-RUSIA

La PPT informó sobre los contactos mantenidos con las autoridades rusas a los efectos de organizar la II Reunión de Consultas MERCOSUR - Federación de Rusia, que por razones de agenda no pudo tener lugar durante el presente semestre y se explorará la posibilidad de realizarla durante el segundo semestre del corriente año.

12.9. MERCOSUR-INDIA

El GMC acordó continuar sus trabajos sobre el proyecto de Acuerdo Marco MERCOSUR - India a los efectos de presentar un documento consolidado a las autoridades indias.

13.— AGENDA TENTATIVA DE LA XXII REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO MERCADO COMUN

El GMC aprobó el proyecto de agenda tentativa del XXII Consejo del Mercado Común que figura como ANEXO V MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 7/02.

14.- PROYECTOS DE COMUNICADOS CONJUNTOS

La PPTA circuló sendos proyectos de Comunicados Conjuntos MERCOSUR y MERCOSUR, Bolivia y Chile con vistas a la próxima Cumbre del MERCOSUR para consideración de los Estados Partes.

15. — REUNION CON EL FORO CONSULTIVO ECONOMICO-SOCIAL

Los Coordinadores Nacionales del GMC recibieron a los representantes del FCES. En relación a la Recomendación N° 1/01 del FCES, la PPT efectuó un pormenorizado informe sobre el estado de situación del MERCOSUR, destacando que la estrategia actual de los socios se basa en cuatro vértices interrelacionados: el comercial, el productivo, el institucional y las relaciones externas del MERCOSUR, en particular las negociaciones con la CAN, la UE y las negociaciones en el ALCA y la OMC.

El FCES destacó la importancia asignada a la integración y complementación productiva. Al respecto, el GMC destacó que el tratamiento en la agenda del MERCOSUR del tema Programas de Foros de Competitividad refleja la necesidad de avanzar en la integración a través de las cadenas de valor y en la especialización y complementación productiva.

En su Recomendación N° 1/02, El FCES solicitó que se incluya en el proyecto de Decisión relativo a la creación del Grupo Ad-Hoc sobre integración fronteriza una mención a la participación de representantes de las secciones nacionales del FCES. El GMC señaló que en el proyecto de Decisión que se eleva en la presente Reunión a consideración del Consejo del Mercado Común se incorporaron modificaciones que atienden al planteo del FCES así como de otros órganos subsidiarios del GMC.

En relación a su Recomendación N° 2/02, el FCES propuso institucionalizar el relacionamiento entre el Foro Consultivo del MERCOSUR y el Comité Económico y Social de la UE a través de la creación del Comité Consultivo Mixto en el marco del Acuerdo de la Asociación Interregional. El GMC, expresó su beneplácito por la iniciativa.

En cuanto al Proyecto de cooperación con la UE sobre "Dimensión Sociolaboral del MERCOSUR", cuyos términos de referencia fueron aprobados por el SGT N° 10, el FCES solicitó al GMC que disponga la realización de una Reunión entre el SGT N° 10, la Comisión Sociolaboral y el FCES a efectos de analizar la posición del MERCOSUR en la materia. El GMC solicitó a la PPT que analice la posibilidad de realizar la mencionada Reunión en la primera quincena de julio.

16.- APROBACION DE RESOLUCIONES

Se aprobaron las Resoluciones GMC N° 17/02 a N° 38/02.

17.— OTROS

17.1. Procedimiento para la Revisión de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR para la Evaluación de la Conformidad.

El GMC acordó la necesidad de analizar las dificultades existentes en el procedimiento de revisión de Reglamentos Técnicos MERCOSUR (RTM) y Procedimientos de Evaluación de la Conformidad (PECs) y buscar enfoques alternativos al mismo.

En este contexto, Brasil se comprometió a presentar una propuesta revisada sobre el tema para el próximo GMC.

17.2. Modificación del Arancel Externo Común de Productos Agrícolas.

El GMC tomó conocimiento de los resultados de la Reunión especial del Grupo de Alto Nivel para Examinar la Consistencia y Dispersión del Arancel Externo Común realizada el 6 de junio pasado en Buenos Aires, con el objeto de analizar el tratamiento arancelario para productos agrícolas.

Al respecto, las delegaciones acordaron mantener consultas a fin de poder dar una respuesta a la brevedad posible.

17.3. Revisión del proyecto de Dec. CMC N° 5/02 (Integración Fronteriza)

Las Delegaciones consideraron el proyecto de Dec. CMC N° 5/02 y acordaron modificaciones al texto que consta en ANEXO III (RES. GMC N° 38/02 MERCOSUR/XLVI GMC/P. DEC. N° 5/02 Rev. 1).

17.4. Solicitud de la Corporación Andina de Fomento (CAF) para asistir a la Cumbre del MERCOSUR Las Delegaciones decidieron invitar al Presidente de la CAF, Enrique García a participar en la próxima XXII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR.

17.5. Propuesta de Brasil sobre Aranceles Modales para Agroquímicos.

La delegación de Brasil planteó la modificación del Arancel Modal de los productos agroquímicos de la partida 3808. En tal sentido, propuso modificar el AEC actual del 14% al 12% para aquellos producidos a partir de principios activos regionales y del AEC actual del 8% al 6% para los que utilizan principios activos no producidos en la región.

17.6. Fe de Erratas.

El GMC instruyó a los órganos del MERCOSUR a que tomen conocimiento de los SAM/SDD/DT N° 64/01 y N° 65/01 con propuestas de Fe de Erratas de Decisiones CMC y Resoluciones GMC, respectivamente, pendientes de respuesta y que realicen las correspondientes comunicaciones a la SAM.

La PPTA se comprometió a remitir dichos documentos a los distintos órganos para su tratamiento.

18.— PROXIMA REUNION

Se acordó realizar la próxima Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común, los días 9 y 10 de octubre de 2002, en la ciudad de Brasilia.

ANEXOS

Los Anexos que forman parte del Acta son los siguientes:

ANEXO I.— Lista de Participantes

ANEXO II.— Agenda

ANEXO III — Resoluciones aprobadas

ANEXO IV (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 6/02).

ANEXO V MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 7/02.

ANEXO VI (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 8/02).

ANEXO VII (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 9/02).

ANEXO VIII (MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 12/02

ANEXO IX (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 10/02).

ANEXO X (RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 5/02) (RESERVADO) MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 11/02

ANEXO XI (MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 6/02).

ANEXO XII (MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 7/02).

ANEXO XIII (RESERVADO) MERCOSUR/XLVI GMC/DI N° 8/02.

ANEXO XIV (RESERVADO) MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 13/02.

ANEXO XV MERCOSUR XLVI GMC/DI N° 9/02

Páginas externas

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