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Resolución 35/2002
Circulacion De Vehiculos De Turistas
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Circulacion De Vehiculos De Turistas
Normas para la circulacion de vehiculos de turistas, particulares y de alquiler, en los estados parte del mercosur (sustituye a las resoluciones nro.s 76/93 y 131/94).(nota: esta norma no se relaciono con algunos de sus antecedentes - res. 76/93 y 131/94- porque segun nuestros registros no se habrian publicado en boletin oficial).-
Id norma: 77424 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 29975
Fecha boletin: 03/09/2002 Fecha sancion: 20/06/2002 Numero de norma 35/2002
Organismo (s)
Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: -
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Ver 1 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/GMC/RES. N° 35/02
NORMAS PARA LA CIRCULACION DE VEHICULOS DE TURISTAS, PARTICULARES Y DE ALQUILER, EN LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR
(Sustituye a las Resoluciones N°s 76/93 y 131/94)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones GMC N°s 76/93 y 131/94 del Grupo Mercado Común
CONSIDERANDO:
Que en el Comité Técnico N° 2 "ASUNTOS ADUANERO",, se coincidió en la conveniencia de proponer que se sustituyan las Resoluciones GMC N°s 76/93 y 131/94, estableciendo una nueva norma para la circulación de vehículos de turistas, particulares y de alquiler, en los Estados Parte del MERCOSUR.
Que en razón de ello se impone la necesidad de proceder a la sustitución de las Resoluciones GMC N°s 76/93 y 131/94.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar las "Normas para la Circulación de Vehículos de Turistas, Particulares y de Alquiler, en los Estados Parte del MERCOSUR", que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2. — Una vez que esté vigente en el MERCOSUR la presente Resolución, quedarán sin efecto las Resoluciones GMC N°s 76/93 y 131/94.
Art. 3 — Los Estados Parte del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 30/11/02.
XLVI GMC - Buenos Aires, 20/VI/02
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