Decisión 9/2002

Plan General De Cooperacion Y Coordinacion...

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Plan General De Cooperacion Y Coordinacion...

Adecuacion del plan general de cooperacion y coordinacion reciproca para la seguridad regional entre los estados partes del mercosur

Id norma: 77434 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 29975

Fecha boletin: 03/09/2002 Fecha sancion: 05/07/2002 Numero de norma 9/2002

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/CMC/DEC. N° 09/02

ADECUACION DEL PLAN GENERAL DE COOPERACION Y COORDINACION RECIPROCA PARA LA SEGURIDAD REGIONAL ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 7/96, 2/98, 18/98, 13/01 y 2/02 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Los términos de la "Declaración de Ministros del Interior del MERCOSUR sobre Terrorismo", emitida en ocasión de la III Reunión Extraordinaria de Ministros del Interior del MERCOSUR;

Que es pertinente la adecuación de las acciones originalmente previstas en el Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional, aprobado por Decisión CMC N° 22/99 en vista de los acontecimientos y consecuencias derivadas de los recientes atentados terroristas que impactaron gravemente, directa o indirectamente, a la comunidad internacional

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:

Art. 1- Aprobar el conjunto de acciones operativas que sustituyen el actual Capitulo VII "Ambito Terrorismo" del Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional entre de los Estados Partes del MERCOSUR, aprobado oportunamente mediante Decisión CMC N° 13/01, que consta como Anexo y forman parte de la presente Decisión.

Los Estados Partes se comprometen asimismo a conservar la confidencialidad de los datos suministrados.

Art. 2 - Actualizar, a través de las respectivas Secciones Nacionales, la parte pertinente del Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional que obra como Título I - Parte Segunda del documento denominado "Primera Recopilación - Acuerdos Vigentes entre los Estados Partes del MERCOSUR", de conformidad con el Art. 2 del Acuerdo N° 19/99 (VI RMI - Montevideo, 17/XI/99), que motivó su aprobación.

Art. 3 - La presente Decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXII CMC - Buenos Aires, 5/VII/02

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