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Decisión 10/2002
Plan General De Cooperacion Y Coordinacion...
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Plan General De Cooperacion Y Coordinacion...
Adecuacion del plan general de cooperacion y coordinacion reciproca para la seguridad regional entre los estados partes del mercosur y la republica de bolivia y la republica de chile
Id norma: 77435 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 29975
Fecha boletin: 03/09/2002 Fecha sancion: 05/07/2002 Numero de norma 10/2002
Organismo (s)
Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/CMC/DEC. N° 10/02
ADECUACION DEL PLAN GENERAL DE COOPERACION Y COORDINACION RECIPROCA PARA LA SEGURIDAD REGIONAL ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA Y LA REPUBLICA DE CHILE
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 7/96, 2/98, 18/98, 13/01 y 2/02 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Los términos de la "Declaración de Ministros del Interior del MERCOSUR, Bolivia y Chile sobre Terrorismo", emitida en ocasión de la III Reunión Extraordinaria de Ministros del Interior del MERCOSUR, Bolivia y Chile;
Que es pertinente la adecuación de las acciones originalmente previstas en el Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional, aprobado por Decisión CMC N° 22/99, en vista de los acontecimientos y consecuencias derivadas de los recientes atentados terroristas que impactaron gravemente, directa o indirectamente, a la comunidad internacional
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el conjunto de acciones operativas que sustituyen el actual Capítulo VII Ambito Terrorismo del Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional del MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile, aprobado oportunamente mediante Decisión CMC N° 14/01, que consta como Anexo y forman parte de la presente Decisión.
El CMC toma nota de que los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile se comprometen asimismo a conservar la confidencialidad de los datos suministrados.
Art. 2 - Actualizar, a través de las respectivas Secciones Nacionales, la parte pertinente del Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional que obra como Titulo I - Parte Segunda del documento denominado "Primera Recopilación - Acuerdos Vigentes entre los Estados Parte del MERCOSUR", de conformidad con el Artículo 2 del Acuerdo N° 19/99 (VI RMI - Montevideo, 17/XI/99), que motivó su aprobación.
Art. 3 - La presente Decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXII CMC - Buenos Aires, 5/VII/02
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