Decisión 23/2002

Programa De Foros De Competitividad

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Programa De Foros De Competitividad

Programa de foros de competitividad

Id norma: 82784 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 30100

Fecha boletin: 28/02/2003 Fecha sancion: 06/12/2002 Numero de norma 23/2002

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

MERCOSUR/CMC/DEC. N° 23/02

PROGRAMA DE FOROS DE COMPETITIVIDAD

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 4/93, 7/97 y 59/00 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es necesario aprovechar las ventajas comparativas de los Estados Partes del MERCOSUR.

Que es conveniente integrar las cadenas productivas del MERCOSUR para mejorar su competitividad global.

Que es urgente ampliar las exportaciones del MERCOSUR a los terceros países.

Que es imperioso aumentar el valor agregado de las exportaciones del bloque teniendo siempre en vista el necesario equilibrio entre los Estados Partes en la distribución de las ganancias de agregación de valor entre los Estados Partes.

Que la integración productiva estimula las ganancias de productividad.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:

ARTICULO 1. — Crear el Programa de los Foros de Competitividad de las Cadenas Productivas del MERCOSUR.

ARTICULO 2. — El Programa de los Foros de Competitividad será parte de las acciones de los SGTs y de otros órganos del MERCOSUR.

ARTICULO 3. — La orientación política del Programa será dada por las Reuniones de Ministros, que podrán indicar la creación, en el ámbito del Programa, de foros específicos para cada cadena productiva, los cuales serán integrados por los representantes de las areas oficiales involucradas en cada cadena y de los órganos representativos de los empresarios y trabajadores.

ARTICULO 4. — Los órganos y subgrupos de trabajo del MERCOSUR prestarán a los Foros de Competitividad el apoyo y asistencia cuando fueren solicitados.
XXIII CMC, Brasilia, 06/XII/02

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