Disposición 3/2003

Regimen De Reemplazos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Regimen De Reemplazos

Regimen de reemplazos de jefaturas de distritos en jurisdiccion de la direccion regional parana.

Id norma: 83213 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 30109

Fecha boletin: 13/03/2003 Fecha sancion: 05/03/2003 Numero de norma 3/2003

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Regional Parana (Afip-Dgi) Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCION REGIONAL PARANA

Disposición N° 3/2003

Régimen de Reemplazos de Jefaturas de Distritos en jurisdicción de la Dirección Regional Paraná.

Paraná, 5/3/2003

VISTO la Disposición N° 1/03 (DI RPAR) del 31 de enero de 2003 por la que se implementó el Régimen de Reemplazos en las distintas áreas y dependencias de esta Dirección Regional, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo normado por la Ley N° 11.683 —de Procedimientos Fiscales— (t.o. en 1998 y sus modificaciones), corresponde puntualizar los reemplazos de Jefaturas de Distritos que además de las funciones propias del cargo, ejercerán también las funciones de Jueces Administrativos.

Que en ejercicio de las facultades otorgadas por la Disposición N° 146/00 (AFIP), procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR (INT.) DE LA DIRECCION REGIONAL PARANA DE LA D.G.I. - A.F.I.P. DISPONE:

ARTICULO 1° — Los Jefes de Distritos serán reemplazados, en caso de ausencia o impedimentos, por los agentes que desempeñan las Jefaturas de Oficinas que en cada caso se indica:

UNIDAD DE ESTRUCTURA

REEMPLAZANTE (en el orden que se indica)

DISTRITO C. DEL URUGUAY

JEFE DE OFICINA VERIFICACIONES

DISTRITO CONCORDIA

JEFE DE OFICINA RECAUDACION

.

JEFE DE OFICINA VERIFICACIONES

DISTRITO GUALEGUAYCHU

JEFE DE OFICINA VERIFICACIONES

DISTRITO GUALEGUAY

JEFE DE OFICINA RECAUDACION Y VERIFICACIONES

ARTICULO 2° — Considerar el presente Acto Dispositivo con vigencia a partir del 1° de enero del año en curso.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, remítase copias a la Dirección de Personal y a la Subdirección General de Operaciones Impositivas II, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cr. ROLANDO RENE GONZALEZ, Director (Int.) Dirección Regional Paraná.

e. 13/3 N° 408.899 v. 13/3/2003

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica