Resolución 146/2003

Res. 103/03 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Transporte Ferroviario
Res. 103/03 - Modificacion

Modificacion de la res. 103/03.-

Id norma: 83830 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30123

Fecha boletin: 03/04/2003 Fecha sancion: 02/04/2003 Numero de norma 146/2003

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De La Produccion Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de la Producción

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución 146/2003

Bs. As., 2/4/2003

VISTO la Resolución N° 286 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 28 de febrero de 1997, la Resolución N° 103 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de fecha 12 de marzo de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 286 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 28 de febrero de 1997, se aprobó la Metodología para la Redeterminación de la Tarifa Básica, el Subsidio o el Canon, prevista en el Artículo 7.4.1 del Contrato de Concesión del Grupo de Servicios 3, SBASE-URQUIZA, suscripto con METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA y que fuera aprobada por Decreto N° 2608 de fecha 22 de diciembre de 1993.

Que el artículo 1° de la Resolución N° 103 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de fecha 12 de marzo de 2003, aprobó las modificaciones al Anexo I b) de la Resolución N° 862 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 17 de julio de 1998 para los concesionarios TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA Y METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que el artículo 2° de la mencionada Resolución N° 103/03 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, faculta a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCION a aprobar el texto ordenado de la Resolución N° 862/98 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que se ha omitido en el artículo de forma, ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución N° 103/03 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de fecha 12 de marzo de 2003 mencionada.

Que atento lo expuesto precedentemente, es necesario modificar el artículo 3° de la Resolución mencionada, a efectos de poder dar la correspondiente publicidad.

Por ello,

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 3° de la Resolución 103 de fecha 12 de marzo de 2003 por el siguiente:

"ARTICULO 3 — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese."

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández.

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