Resolución 4/2003

Cuadro Tarifario - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Direccion Nacional Del Registro Oficial
Cuadro Tarifario - Modificacion

Modificase el cuadro tarifario aprobado por la resolucion nro. 39/2002, en relacion con el punto 5, "separatas".

Id norma: 86170 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30172

Fecha boletin: 17/06/2003 Fecha sancion: 13/06/2003 Numero de norma 4/2003

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria Legal Y Tecnica (Presid.De La Nacion) Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría Legal y Técnica

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Resolución 4/2003

Modifícase el Cuadro Tarifario aprobado por la Resolución Nº 39/2002, en relación con el punto 5, "Separatas".

Bs. As., 13/6/2003

VISTO la nueva edición de Separatas publicadas por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y la Resolución S.L. y T. Nº 39 del 3 de septiembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma se establecieron los precios para los servicios que brinda la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

Que dentro de los mismos se encuentra la edición de Separatas de textos legales oportunamente publicados en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que tal servicio específicamente tiene por objeto intensificar la divulgación de los textos legales, permitiendo el acceso directo a los mismos por parte de toda la población del país.

Que en atención a ello el precio del mismo deberá poseer características de económicamente accesible a los ciudadanos.

Que conforme lo establecido en el Punto 5 SEPARATAS del Cuadro Tarifario que se aprobara como Anexo I a la citada Resolución y la cantidad de páginas con que cuentan los ejemplares de la nueva edición de separatas, el precio que correspondería a cada una de ellas resultaría muy elevado, frustrando en consecuencia el objeto expresado precedentemente.

Que resulta entonces necesario adecuar el procedimiento de fijación de precios de Separatas editadas.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 918 del 17 de julio de 2001 y 1272 del 11 de octubre de 2001.

Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Modificar el Punto 5 "SEPARATAS" del Cuadro Tarifario aprobado como Anexo I de la Resolución S. L. y T. Nº 39 del 3 de septiembre de 2002, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"5. SEPARATAS

Separatas de hasta 150 páginas: PESOS CINCO ($ 5.-).

Separatas de hasta 250 páginas: PESOS SEIS ($ 6.-).

Separatas de más de 250 páginas: PESOS SIETE ($ 7.-).

En la edición de cada Separata, la Dirección Nacional del Registro Oficial fijará su valor de acuerdo a la tarifa pautada."

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Zannini.

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