Resolución 6/2003

Instituciones Prestadoras - Re-Evaluacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Discapacitados
Instituciones Prestadoras - Re-Evaluacion

Autorizase al servicio nacional de rehabilitacion y promocion de la persona con discapacidad a traves de la oficina del registro nacional de prestadores de servicios de atencion a personas con discapacidad, a proceder a la reevaluacion de las instituciones prestadoras de servicios que fueran incorporadas a dicho registro mediante resolucion dspbaipd nro. 4 del 30/3/2000.

Id norma: 88619 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30243

Fecha boletin: 26/09/2003 Fecha sancion: 05/09/2003 Numero de norma 6/2003

Organismo (s)

Organismo origen: Sistema De Prestaciones Basicas De Atencion Integr Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

PRESIDENCIA DE LA NACION

CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS

SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Resolución N° 6/2003

Bs. As., 5/9/2003

VISTO la Ley N° 24.901, el Decreto N° 1193 del 8 de octubre de 1998 y el Acta N° 153 de la Reunión Ordinaria del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y,

CONSIDERANDO:

Que el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad ha presentado ante el citado Directorio un informe de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION donde se recomienda proceder a realizar una revisión de las Instituciones provenientes del Registro de Prestadores del INSSJP, que fueran incluidas en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad a partir de la Resolución DSPBAIPD N° 4 del 30/3/2000, a fin de ratificar o rectificar la categorización que sustentan.

Que el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad ha presentado a su vez al citado Directorio una propuesta de Programa Informático para dar cumplimiento a lo requerido por la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.

Que en la citada Reunión Ordinaria del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD se acordó que en el caso de instituciones correspondientes a una provincia adherida a la Ley N° 24.901 y con sus Juntas de Evaluación de Prestadores en funcionamiento, éstas deberán realizar la pertinente evaluación y remitir la misma al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad.

Que corresponde solicitar a las instituciones a evaluar toda la documentación que figura como requisito para ser incluido en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las funciones reconocidas al DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD por el artículo 5° apartado a) y e) del Anexo A del Decreto 1193/98 y de las atribuciones que se reconocen a su Presidente en el Reglamento de Funcionamiento (Resolución N° 1 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD en el apartado d) del texto que le corresponde).

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad a través de la Oficina del Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, a proceder a la re-evaluación de las instituciones prestadoras de servicios que fueran incorporadas a dicho registro mediante Resolución DSPBAIPD N° 4 del 30/3/2000.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JORGE E. MASCHERONI, Presidente, Comisión Nacional, Asesoria para la Integración de Personas Discapacitadas.

e. 26/9 N° 426.951 v. 26/9/2003

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