Resolución 2/2004

Ref.: Decreto Nro. 739/03

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Unidad Reestructuracion Del Sistema Financiero
Ref.: Decreto Nro. 739/03

Autorizar al banco central de la republica argentina a modificar las condiciones de amortizacion de las asistencias establecidas en el inciso b) del articulo 9ro. del decreto nro. 739/03, adeudadas por el banco de la nacion argentina de conformidad con el cronograma de cancelacion presentado ante el banco central de la republica argentina, del que da cuenta la nota de la superintendencia de entidades financieras y cambiarias nro. 106 del 30 de diciembre de 2003.

Id norma: 91874 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30318

Fecha boletin: 15/01/2004 Fecha sancion: 07/01/2004 Numero de norma 2/2004

Organismo (s)

Organismo origen: Unidad De Reestructuracion Del Sist. Financiero Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO

Decreto N° 1262/03

Bs. As., 7/1/2004

La UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO - Decreto N° 1262/2003, ha decidido por unanimidad adoptar la siguiente:

RESOLUCION N° 002

ARTICULO 1° — Autorizar al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a modificar las condiciones de amortización de las asistencias establecidas en el inciso b) del artículo 9° del Decreto N° 739/03, adeudadas por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA de conformidad con el cronograma de cancelación presentado ante el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, del que da cuenta la nota de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias N° 106 del 30 de diciembre de 2003.

ARTICULO 2° — Establecer que la cantidad de cuotas resultantes del cronograma de cancelación referido en el artículo anterior podrá ser reducida como resultado de la revisión y conformidad dispuesta en el punto 1.2.4. de la Comunicación A "3941" del 30 de abril de 2003 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 3° — Notifíquese a la entidad solicitante y al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a través de la Secretaría Técnico-Administrativa, publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial y archívese. — Firmado: Dr. D. ROBERTO LAVAGNA, presidente, y Dr. D. JORGE LEONARDO MADCUR, en representación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Lic. D. ALFONSO DE PRAT-GAY, Lic. D. Pedro LACOSTE y Dr. D. MARCELO EUGENIO GRIFFI, en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y Cdor. D. MIGUEL MARZULLO, Secretaría Técnico-Administrativa.

e. 15/1 N° 437.145 v. 15/1/2004

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