Resolución 1/2004

Declaraciones Juradas Año 2003 - Plazo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Etica En El Ejercicio De La Funcion Publica
Declaraciones Juradas Año 2003 - Plazo

Establecese el plazo de presentacion de la actualizacion de declaraciones juradas patrimoniales integrales correspondientes al año 2003, para los funcionarios obligados.

Id norma: 92182 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30326

Fecha boletin: 27/01/2004 Fecha sancion: 22/01/2004 Numero de norma 1/2004

Organismo (s)

Organismo origen: Fiscalia De Control Administrativo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Fiscalía de Control Administrativo
ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA
Resolución 1/2004
Establécese el plazo de presentación de la actualización de Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes al año 2003, para los funcionarios obligados.
Bs. As., 22/1/2004
VISTO la Ley Nº 25.188 —de Etica en el Ejercicio de la Función Pública— y el Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999, modificado por el Decreto Nº 808 del 20 de diciembre de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4º, segundo párrafo, de la Ley citada en el Visto se establece la obligación de actualizar anualmente la información contenida en la Declaración Jurada Patrimonial Integral de los funcionarios obligados a la presentación.
Que corresponde a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS establecer el período de presentación de la actualización correspondiente al año 2003.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4º del Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999.
Por ello,
EL FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO
RESUELVE:
Artículo 1º — Los funcionarios obligados deben presentar la actualización de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes al año 2003 entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2004.
(Nota Infoleg: Por art. 1° de la Resolución N° 5/2004 de la Fiscalía de Control Administrativo B.O. 31/5/2004 se prorroga por QUINCE (15) días hábiles, a partir del 31 de mayo de 2004, el plazo para la presentación de la actualización de las declaraciones juradas).
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Daniel Morín.

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