Resolución 3/2004

Condiciones De Amortizacion -Banco Hipotecario S.A

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sistema Financiero
Condiciones De Amortizacion -Banco Hipotecario S.A

Autorizar al banco central de la republica argentina a modificar las condiciones de amortizacion de las asistencias establecidas en el inciso b) del articulo 9ro. del decreto nro. 739/03, adeudadas por banco hipotecario s.a. de conformidad con el cronograma de cancelacion presentado ante el banco central de la republica argentina, del que da cuenta la nota n.010/05/04-i.012/118/04 del 5 de febrero de 2004 de la subgerencia general de operaciones del banco central de la republica argentina.

Id norma: 93113 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30343

Fecha boletin: 19/02/2004 Fecha sancion: 05/02/2004 Numero de norma 3/2004

Organismo (s)

Organismo origen: Unidad De Reestructuracion Del Sist. Financiero Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO
Decreto N° 1262/03
Bs. As., 5/2/2004
La UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO - Decreto N° 1262/2003, ha decidido por unanimidad adoptar la siguiente:
RESOLUCION N° 003
ARTICULO 1° — Autorizar al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a modificar las condiciones de amortización de las asistencias establecidas en el inciso b) del artículo 9° del Decreto N° 739/03, adeudadas por BANCO HIPOTECARIO S.A. de conformidad con el cronograma de cancelación presentado ante el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, del que da cuenta la nota N.010/05/04-I.012/118/04 del 5 de febrero de 2004 de la Subgerencia General de Operaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 2° — Establecer que la cantidad de cuotas resultantes del cronograma de cancelación referido en el artículo anterior podrá ser reducida como resultado de la revisión y conformidad dispuesta en el punto I.2.4. de la Comunicación A "3941" del 30 de abril de 2003 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 3° — Notifíquese a la entidad solicitante y al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a través de la Secretaría Técnico-Administrativa, publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial y archívese.
Firmado: Lic. D. GUILLERMO EMILIO NIELSEN a/c, Presidencia y Dr. D. JORGE LEONARDO MADCUR, en representación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Lic. D. PEDRO LACOSTE y Dr. D. MARCELO EUGENIO GRIFFI, en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y Dr. D. GUILLERMO ALEJANDRO ZUCCOLO, Secretaría Técnico-Administrativa.
e. 19/2 N° 439.524 v. 19/2/2004

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