Resolución 4/2004

Condiciones De Amortizacion - Autorizacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Unidad De Reestructuracion Del Sist. Financiero
Condiciones De Amortizacion - Autorizacion

Autorizar al banco central de la republica argentina a modificar las condiciones de amortizacion de las asistencias establecidas en el inciso b) del articulo 9ro. del decreto nro. 739/03, adeudadas por bbva banco frances s.a. de conformidad con el cronograma de cancelacion presentado ante el banco central de la republica argentina, del que da cuenta la nota nro. e.19720/04n.010/14/04 del 4 de junio de 2004 de la subgerencia general de operaciones del banco central de la republica argentina.

Id norma: 96210 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30432

Fecha boletin: 30/06/2004 Fecha sancion: 24/06/2004 Numero de norma 4/2004

Organismo (s)

Organismo origen: Unidad De Reestructuracion Del Sist. Financiero Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO

Decreto N° 1262/03

Bs. As., 24/6/2004

La UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO - Decreto N° 1262/2003, ha decidido por unanimidad adoptar la siguiente:

RESOLUCION N° 004

ARTICULO 1° — Autorizar al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a modificar las condiciones de amortización de las asistencias establecidas en el inciso b) del artículo 9° del Decreto N° 739/03, adeudadas por BBVA BANCO FRANCES S.A. de conformidad con el cronograma de cancelación presentado ante el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, del que da cuenta la nota N° E.19720/04-N.010/14/04 del 4 de junio de 2004 de la Subgerencia General de Operaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 2° — Establecer que la cantidad de cuotas resultantes del cronograma de cancelación referido en el artículo anterior podrá ser reducida como resultado de la revisión y conformidad dispuesta en el punto I.2.4. de la Comunicación "A" 3941 del 30 de abril de 2003 y sus modificatorias del Banco Central de la Republica Argentina.

Firmado: Lic. D. GUILLERMO EMILIO NIELSEN A/C presidencia y Dr. D. JORGE LEONARDO MADCUR, en representación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Lic. D. PEDRO LACOSTE y Dr. D. MARCELO EUGENIO GRIFFI, en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y Dr. D. GUILLERMO ALEJANDRO ZUCCOLO, Secretaría Técnico - Administrativa.

e. 30/6 N° 451.619 v. 30/6/2004

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