Decreto 1063

Estructura Organizativa 1er Nivel - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Int Nacional Investigacion Y Desarrollo Pesquero
Estructura Organizativa 1er Nivel - Aprobacion

Apruebase la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado organismo descentraliza do dependiente de la secretaria de agricultura, ganaderia, pesca y alimentos.

Id norma: 97588 Tipo norma: Decreto Numero boletin: 30466

Fecha boletin: 19/08/2004 Fecha sancion: 17/08/2004 Numero de norma 1063

Organismo (s)

Organismo origen: Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) Ver Decretos Observaciones: -

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INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

Decreto 1063/2004

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

Bs. As., 17/8/2004

VISTO el Expediente Nº 347/2003 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 21.673, la Ley Nº 24.922, los Decretos Nros. 1458 del 13 de diciembre de 1996 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003, las Decisiones Administrativas Nros. 644 del 29 de diciembre de 1998, 391 y 403 del 22 de octubre y 29 de octubre de 1999, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 21.673 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, como ente descentralizado en jurisdicción del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA, ex-SECRETARIA DE ESTADO DE INTERESES MARITIMOS —ex-SUBSECRETARIA DE PESCA—, estableciendo en la misma sus objetivos y finalidades.

Que por Decreto Nº 1458 del 13 de diciembre de 1996, se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, determinando sus misiones y funciones.

Que por Ley Nº 24.922 se aprobó el REGIMEN FEDERAL DE PESCA el cual establece en su Capítulo VI los objetivos y responsabilidades inherentes al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

Que por Decisión Administrativa Nº 644 del 29 de diciembre de 1998, se transfieren a la Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO los cargos de la Planta Transitoria, incorporándolos a la estructura organizativa del mencionado Instituto, aprobada por Decreto Nº 1458 del 13 de diciembre de 1996.

Que por las Decisiones Administrativas Nros. 391 y 403 de fechas 22 y 29 de octubre de 1999, respectivamente, se hicieron lugar a los recursos jerárquicos en subsidio interpuestos por agentes del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO contra el reencasillamiento del personal en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.PA.) dispuesta por Resolución Conjunta Nº 13 de fecha 28 de febrero de 1992 de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del citado Instituto.

Que por el Decreto Nº 289 de fecha 14 de febrero de 2003, se hizo lugar al recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el agente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, señor D. Patricio Adrián BUONO (M.I. Nº 11.991.327), contra la Resolución Conjunta Nº 13 del 28 de febrero de 1992 de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, ha propuesto su estructura organizativa y la distribución de la planta de personal hasta los niveles requeridos.

Que la medida propuesta no implica incremento en las partidas presupuestarias asignadas al citado Instituto para el presente ejercicio.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación, los que como Anexos I, II y III, forman parte integrante del presente decreto, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 19 del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002.

Art. 2º — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente, conservarán su vigencia las existentes a la fecha, con la asignación de los suplementos que les correspondiere previstos en el Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION – Entidad 607 – INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

Art. 4º — Deróganse el Decreto Nº 1458 de fecha 13 de diciembre de 1996 y la Decisión Administrativa Nº 644 de fecha 29 de diciembre de 1998.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

ANEXO I

ANEXO II

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

OBJETIVOS:

1. Proponer a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, la planificación de los programas y proyectos de investigación referidos a los recursos pesqueros y medio ambiente, entendiendo en la ejecución y control de los mismos y propendiendo a su mejor utilización y explotación económica sostenible. Determinar anualmente el rendimiento máximo sostenible de las especies y proponer medidas alternativas o complementarias de ordenación.

2. Planificar y ejecutar estudios sobre el perfeccionamiento y desarrollo de los sistemas de captura, embarcaciones, artes de pesca y selectividad de las mismas.

3. Entender en las investigaciones relativas a procesos y productos tecnológicos conducentes a una mejor utilización de los recursos pesqueros.

4. Desarrollar y/o adaptar tecnologías de cultivos para organismos acuáticos de valor comercial.

5. Realizar los programas de capacitación de personal del área.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización del Servicio, privilegiando las pautas de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES:

1. Establecer la planificación general y anual de la Auditoría Interna y los programas específicos, conforme a las pautas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y dirigir su ejecución.

2. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior del organismo.

3. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del sistema de control interno.

4. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la gestión del organismo, tanto en materia administrativa como técnica específica.

5. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados para la elaboración de los informes o estados contables.

6. Emitir informes periódicos respecto de las auditorías realizadas y otros controles practicados.

7. Informar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION respecto del nivel de cumplimiento de las recomendaciones y/u observaciones que se hubieran realizado.

8. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

DIRECCION DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar y conducir la gestión administrativa contable, presupuestaria, financiera y patrimonial, y los servicios de intendencia, almacenes y de seguridad; coordinando sus actividades con el asesoramiento y asistencia en temas de su competencia específica con las distintas áreas del Instituto.

ACCIONES:

1. Elaborar el anteproyecto de presupuesto general de gastos y cálculo de recursos del Instituto.

2. Ejercer el control de la ejecución presupuestaria en función de lo normado en la materia.

3. Supervisar el registro contable en sus distintas etapas, de las operaciones presupuestarias realizadas.

4. Administrar el movimiento de fondos y valores y su resguardo.

5. Entender en el ingreso y registro de los bienes patrimoniales del Organismo, como en su control.

6. Supervisar las actividades para la adquisición y contratación de bienes y servicios, y de obras.

7. Administrar los servicios generales y técnicos, intendencia y de mantenimiento del equipamiento, automotor y edilicio.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan el funcionamiento de los recursos humanos, la planificación y el diseño organizacional.

ACCIONES:

1. Administrar y mantener actualizado los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos humanos.

2. Coordinar y asistir técnicamente en el proceso de búsqueda, selección, integración, capacitación y desempeño del personal.

3. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera, proponiendo y ejecutando las medidas pertinentes.

4. Analizar el esquema general de incentivos al personal, proponiendo las medidas que considere necesarias.

5. Coordinar y actualizar el relevamiento de los puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos, indicando las modificaciones y simplificaciones pertinentes.

6. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional, elaborando y proponiendo las modificaciones de la estructura organizativa.

7. Relacionarse con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos y convenios.

DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Formular, ejecutar y controlar los proyectos de investigación en prospección, evaluación y desarrollo de pesquerías, de tecnologías de acuicultura, de artes de pesca, de procesos tecnológicos y en economía pesquera, conforme las pautas y prioridades que en tal sentido establezca la Superioridad.

ACCIONES:

1. Realizar las investigaciones en evaluación y prospección de los recursos pesqueros, conforme lo establezca la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, proponiendo a la misma las bases científicas, técnicas y económicas aconsejables para su explotación y manejo sostenible.

2. Dirigir la Estación Experimental de Maricultura y los estudios necesarios para desarrollar, adaptar y transferir, las técnicas de cultivos de organismos acuáticos de interés comercial, en concordancia con los planes que establezca la Superioridad.

3. Desarrollar, adaptar y transferir las técnicas y artes de pesca de las pesquerías tradicionales, nuevos diseños de artes de pesca y dispositivos selectivos; realizar estudios sobre la selectividad de las artes de pesca, evaluando el impacto sobre las especies y para la conservación, la ordenación y el desarrollo pesquero y referente a los métodos de pesca y sus embarcaciones.

4. Desarrollar, adaptar y transferir tecnología de nuevos productos y procesos pesqueros, con el fin de asegurar la utilización óptima de los recursos pesqueros y propiciar la utilización del pescado en alimentos funcionales.

5. Realizar las investigaciones en economía pesquera, para asesorar sobre la viabilidad de su explotación, asegurando el desarrollo sostenible y el mantenimiento del valor de los efectivos pesqueros bajo explotación.

6. Supervisar las investigaciones sobre modificaciones del ambiente marino de origen natural y antropogénico y sus efectos sobre los recursos pesqueros.

7. Intervenir a través de observadores en las investigaciones científicas-técnicas de pesca experimental.

8. Planificar las campañas de investigación pesquera, embarques de observadores a bordo de buques comerciales y muestreos de desembarques y asegurar la prestación de los servicios auxiliares a la investigación.

9. Preparar, ejecutar y participar en los programas de colaboración técnica y científica para mejorar el conocimiento de la biología, el ambiente marino y el estado de las poblaciones de las especies acuáticas transfronterizas.

10. Asesorar a la Autoridad de Aplicación y a las comisiones internacionales en la toma de decisiones para la conservación, la ordenación y el desarrollo de la pesca y en el manejo de las pesquerías de aguas continentales propias y compartidas, y sobre las medidas para la protección y manejo de sus ambientes.

11. Participar en la creación de mecanismos que faciliten la investigación a escala subregional o regional e impulsar el intercambio de los resultados de tal investigación con otras regiones.

12. Impulsar la cooperación de las actividades por parte de personas físicas o jurídicas nacionales, extranjeras y organismos internacionales con buques de pabellón nacional o extranjero.

13. Promover el incremento de la capacidad de investigación científica y tecnológica en los aspectos de recolección y análisis de datos, con la utilización de métodos de investigación con el fin de mejorar la conservación, ordenación y utilización sostenible de los recursos acuáticos vivos.

14. Promover la utilización de los resultados de la investigación como base para establecer los objetivos de ordenación, los puntos de referencia y los criterios de comportamiento así como para asegurar la debida vinculación entre la investigación aplicada y la ordenación pesquera, efectuando las recomendaciones pertinentes sobre las capturas máximas permitidas.

15. Difundir los resultados de investigación y desarrollo, respetando su confidencialidad, según proceda, y su distribución oportuna, a fin que se pueda disponer de la información más fidedigna como contribución para la conservación, la ordenación y el desarrollo de la pesca.

CAPITANIA DE ARMAMENTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar los buques de investigación, manteniendo su operación efectiva de modo de asegurar su disponibilidad en tiempo y forma para la ejecución de actividades marítimas requeridas por los proyectos de investigación de la institución, de acuerdo con las reglamentaciones nacionales y pautas internacionales.

ACCIONES:

1. Asistir a la Dirección del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO para la utilización eficaz y eficiente de los buques de investigación del mismo y de buques comerciales (pesqueros o de otra índole) con el fin de obtener datos científicos complementarios o adicionales a los que se obtienen de las campañas de investigación que se realizan en los buques pertenecientes a este Instituto.

2. Participar en la planificación de campañas de investigación a efectos de cumplir con las derrotas establecidas en cada una de las mismas.

3. Planificar y ejecutar el mantenimiento de los buques del Instituto y atender los requerimientos de aprovisionamiento y reparaciones en puertos alternativos, según las demandas de los planes de campañas correspondientes.

4. Planificar y ejecutar modificaciones y/o mejoras en los barcos y proponer las renovaciones de los mismos, sujetas a las disponibilidades institucionales.

5. Fiscalizar las medidas de seguridad para los buques que se encuentren amarrados, fondeados o en varadero, así como el cumplimiento de las disposiciones para la realización de los trabajos a bordo de los buques.

6. Intervenir en los trámites necesarios para realizar actividades marítimas con buques comerciales (pesqueros o de otra índole), conforme a las necesidades del organismo.

7. Coordinar con el área específica la administración de los recursos humanos dependientes de esta unidad, interviniendo en los planes de capacitación y motivación, a efectos de preservar y desarrollar las habilidades para operar buques, artes de pesca y demás elementos que requieran las actividades marítimas para la correcta realización de los proyectos de investigación.

8. Gestionar ante la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA el embarco y desembarco del personal científico-técnico del Instituto y de otros organismos.

9. Renovar los certificados de navegación ante la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y con las Entidades de Clasificación.

10. Aprovisionar a los buques de combustible, lubricantes, víveres y consumibles necesarios para realizar las campañas de investigación y suministrar el equipamiento necesario (artes de pesca, muestreadores, instrumental, etc.) para realizar las mismas.

11. Administrar y suministrar los repuestos necesarios para el mantenimiento correctivo y preventivo de los diferentes sistemas instalados en los buques.

12. Confeccionar los pliegos para los contratos de mantenimiento en los diferentes rubros (calderería, mecánica, refrigeración, electricidad, electrónica, hidráulica y neumática, etc.) y mantener las vigencias de los mismos.

13. Supervisar las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo de los buques tales como los trabajos en dique, línea de eje, timón, maquinaria propulsora y auxiliar, sistemas eléctricos, electrónicos, hidráulicos, neumáticos, guinches y sistemas de frío.

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

Decreto 1063/2004

Apruébase la estructura organizativa de primer niveloperativo del citado organismo descentralizado dependiente de laSecretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

Bs. As., 17/8/2004

VISTO el Expediente Nº 347/2003 del Registro delINSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismodescentralizado dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº21.673, la Ley Nº 24.922, los Decretos Nros. 1458 del 13 de diciembrede 1996 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003, las DecisionesAdministrativas Nros. 644 del 29 de diciembre de 1998, 391 y 403 del 22de octubre y 29 de octubre de 1999, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 21.673 se creó el INSTITUTO NACIONALDE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, como ente descentralizado enjurisdicción del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA, ex-SECRETARIA DE ESTADODE INTERESES MARITIMOS —ex-SUBSECRETARIA DE PESCA—, estableciendo en lamisma sus objetivos y finalidades.

Que por Decreto Nº 1458 del 13 de diciembre de 1996,se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DEINVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, determinando sus misiones yfunciones.

Que por Ley Nº 24.922 se aprobó el REGIMEN FEDERALDE PESCA el cual establece en su Capítulo VI los objetivos yresponsabilidades inherentes al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION YDESARROLLO PESQUERO.

Que por Decisión Administrativa Nº 644 del 29 dediciembre de 1998, se transfieren a la Planta Permanente del INSTITUTONACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO los cargos de la PlantaTransitoria, incorporándolos a la estructura organizativa delmencionado Instituto, aprobada por Decreto Nº 1458 del 13 de diciembrede 1996.

Que por las Decisiones Administrativas Nros. 391 y403 de fechas 22 y 29 de octubre de 1999, respectivamente, se hicieronlugar a los recursos jerárquicos en subsidio interpuestos por agentesdel INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO contra elreencasillamiento del personal en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIONADMINISTRATIVA (SI.NA.PA.) dispuesta por Resolución Conjunta Nº 13 defecha 28 de febrero de 1992 de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICAentonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del citadoInstituto.

Que por el Decreto Nº 289 de fecha 14 de febrero de2003, se hizo lugar al recurso jerárquico en subsidio interpuesto porel agente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLOPESQUERO, señor D. Patricio Adrián BUONO (M.I. Nº 11.991.327), contrala Resolución Conjunta Nº 13 del 28 de febrero de 1992 de laex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de laPRESIDENCIA DE LA NACION y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION YDESARROLLO PESQUERO.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION YDESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado de la SECRETARIA DEAGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA YPRODUCCION, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto Nº 25de fecha 27 de mayo de 2003, ha propuesto su estructura organizativa yla distribución de la planta de personal hasta los niveles requeridos.

Que la medida propuesta no implica incremento en laspartidas presupuestarias asignadas al citado Instituto para el presenteejercicio.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que lecompete, expidiéndose favorablemente.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de lasatribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIONNACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructuraorganizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DEINVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizadodependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA YALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con elOrganigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación,los que como Anexos I, II y III, forman parte integrante del presentedecreto, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 19del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002.

Art. 2º — Hasta tanto se aprueben lasunidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente, conservaránsu vigencia las existentes a la fecha, con la asignación de lossuplementos que les correspondiere previstos en el Decreto Nº 993/91T.O. 1995.

Art. 3º — El gasto que demande elcumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidasespecíficas correspondientes a la Jurisdicción 50 MINISTERIO DEECONOMIA Y PRODUCCION – Entidad 607 – INSTITUTO NACIONAL DEINVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

Art. 4º — Deróganse el Decreto Nº 1458de fecha 13 de diciembre de 1996 y la Decisión Administrativa Nº 644 defecha 29 de diciembre de 1998.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

ANEXO I(Anexo sustituido por art. 1° del Decreto N° 2751/2014 B.O. 30/1/2015)

ANEXO II

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

OBJETIVOS:

1. Proponer a la SECRETARIA DE AGRICULTURA,GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, la planificación de los programas yproyectos de investigación referidos a los recursos pesqueros y medioambiente, entendiendo en la ejecución y control de los mismos ypropendiendo a su mejor utilización y explotación económica sostenible.Determinar anualmente el rendimiento máximo sostenible de las especiesy proponer medidas alternativas o complementarias de ordenación.

2. Planificar y ejecutar estudios sobre elperfeccionamiento y desarrollo de los sistemas de captura,embarcaciones, artes de pesca y selectividad de las mismas.

3. Entender en las investigaciones relativas aprocesos y productos tecnológicos conducentes a una mejor utilizaciónde los recursos pesqueros.

4. Desarrollar y/o adaptar tecnologías de cultivos para organismos acuáticos de valor comercial.

5. Realizar los programas de capacitación de personal del área.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema decontrol interno incorporado a la organización del Servicio,privilegiando las pautas de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES:

1. Establecer la planificación general y anual de laAuditoría Interna y los programas específicos, conforme a las pautasestablecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y dirigir suejecución.

2. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior del organismo.

3. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del sistema de control interno.

4. Verificar el cumplimiento de la normativa vigenteen la gestión del organismo, tanto en materia administrativa comotécnica específica.

5. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados para la elaboración de los informes o estados contables.

6. Emitir informes periódicos respecto de las auditorías realizadas y otros controles practicados.

7. Informar a las autoridades superiores y a laSINDICATURA GENERAL DE LA NACION respecto del nivel de cumplimiento delas recomendaciones y/u observaciones que se hubieran realizado.

8. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° del Decreto N° 2751/2014 B.O. 30/1/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en los asuntos relativos a la legislación general decompetencia del INIDEP, como así también en el perfeccionamiento de lasdisposiciones legales y reglamentarias y en el control de legitimidad ylegalidad de los actos y procedimientos administrativos. Representarjudicialmente en los procesos en los que sea parte y asesorarjurídicamente al Organismo.

ACCIONES:


1. Ejercer el control de la legalidad y legitimidad de los actos administrativos.

2. Intervenir, asesorar y asistir en forma permanente en los aspectos legales del INIDEP.

3. Emitir dictámenes y evacuar consultas en los casos determinados por normas legales o por necesidades de servicio.

4. Intervenir en las actividades derivadas de la presentación derecursos, reclamaciones y denuncias administrativas e impulsar losprocedimientos correspondientes a fin de controlar la legitimidad delos respectivos actos administrativos.

5. Entender en la producción, modificación o reglamentación de normasjurídicas para el mejor desarrollo de las actividades del INIDEP,elaborando los proyectos de actos administrativos y demás instrumentosde carácter jurídico.

6. Representar y patrocinar al INIDEP en los juicios en que dichoOrganismo sea parte como actor o demandado, por sí o por intermedio delos apoderados que designe al efecto, en relación con los derechos yobligaciones de que pueda ser titular.

7. Diligenciar los Oficios, Cédulas y demás requerimientos judicialesdirigidos al INIDEP y fiscalizar el cumplimiento de los términosprescritos.

8. Asesorar en los procesos preparatorios de los convenios y contratoscon organismos nacionales e internacionales, ya sean de carácterpúblico o privado, a celebrar por el INIDEP, elaborando los proyectosrespectivos.

DIRECCION DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar y conducir la gestión administrativacontable, presupuestaria, financiera y patrimonial, y los servicios deintendencia, almacenes y de seguridad; coordinando sus actividades conel asesoramiento y asistencia en temas de su competencia específica conlas distintas áreas del Instituto.

ACCIONES:

1. Elaborar el anteproyecto de presupuesto general de gastos y cálculo de recursos del Instituto.

2. Ejercer el control de la ejecución presupuestaria en función de lo normado en la materia.

3. Supervisar el registro contable en sus distintas etapas, de las operaciones presupuestarias realizadas.

4. Administrar el movimiento de fondos y valores y su resguardo.

5. Entender en el ingreso y registro de los bienes patrimoniales del Organismo, como en su control.

6. Supervisar las actividades para la adquisición y contratación de bienes y servicios, y de obras.

7. Administrar los servicios generales y técnicos, intendencia y de mantenimiento del equipamiento, automotor y edilicio.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar las políticas y la aplicación de lasnormas que regulan el funcionamiento de los recursos humanos, laplanificación y el diseño organizacional.

ACCIONES:

1. Administrar y mantener actualizado los sistemasde información relacionados con la aplicación de las herramientas delsistema de planeamiento organizacional y de administración de recursoshumanos.

2. Coordinar y asistir técnicamente en el proceso de búsqueda, selección, integración, capacitación y desempeño del personal.

3. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera, proponiendo y ejecutando las medidas pertinentes.

4. Analizar el esquema general de incentivos al personal, proponiendo las medidas que considere necesarias.

5. Coordinar y actualizar el relevamiento de lospuestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos yprocedimientos, indicando las modificaciones y simplificacionespertinentes.

6. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento ydiseño organizacional, elaborando y proponiendo las modificaciones dela estructura organizativa.

7. Relacionarse con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos y convenios.

DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Formular, ejecutar y controlar los proyectos deinvestigación en prospección, evaluación y desarrollo de pesquerías, detecnologías de acuicultura, de artes de pesca, de procesos tecnológicosy en economía pesquera, conforme las pautas y prioridades que en talsentido establezca la Superioridad.

ACCIONES:

1. Realizar las investigaciones en evaluación yprospección de los recursos pesqueros, conforme lo establezca laSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, proponiendo ala misma las bases científicas, técnicas y económicas aconsejables parasu explotación y manejo sostenible.

2. Dirigir la Estación Experimental de Maricultura ylos estudios necesarios para desarrollar, adaptar y transferir, lastécnicas de cultivos de organismos acuáticos de interés comercial, enconcordancia con los planes que establezca la Superioridad.

3. Desarrollar, adaptar y transferir las técnicas yartes de pesca de las pesquerías tradicionales, nuevos diseños de artesde pesca y dispositivos selectivos; realizar estudios sobre laselectividad de las artes de pesca, evaluando el impacto sobre lasespecies y para la conservación, la ordenación y el desarrollo pesqueroy referente a los métodos de pesca y sus embarcaciones.

4. Desarrollar, adaptar y transferir tecnología denuevos productos y procesos pesqueros, con el fin de asegurar lautilización óptima de los recursos pesqueros y propiciar la utilizacióndel pescado en alimentos funcionales.

5. Realizar las investigaciones en economíapesquera, para asesorar sobre la viabilidad de su explotación,asegurando el desarrollo sostenible y el mantenimiento del valor de losefectivos pesqueros bajo explotación.

6. Supervisar las investigaciones sobremodificaciones del ambiente marino de origen natural y antropogénico ysus efectos sobre los recursos pesqueros.

7. Intervenir a través de observadores en las investigaciones científicas-técnicas de pesca experimental.

8. Planificar las campañas de investigaciónpesquera, embarques de observadores a bordo de buques comerciales ymuestreos de desembarques y asegurar la prestación de los serviciosauxiliares a la investigación.

9. Preparar, ejecutar y participar en los programasde colaboración técnica y científica para mejorar el conocimiento de labiología, el ambiente marino y el estado de las poblaciones de lasespecies acuáticas transfronterizas.

10. Asesorar a la Autoridad de Aplicación y a lascomisiones internacionales en la toma de decisiones para laconservación, la ordenación y el desarrollo de la pesca y en el manejode las pesquerías de aguas continentales propias y compartidas, y sobrelas medidas para la protección y manejo de sus ambientes.

11. Participar en la creación de mecanismos quefaciliten la investigación a escala subregional o regional e impulsarel intercambio de los resultados de tal investigación con otrasregiones.

12. Impulsar la cooperación de las actividades porparte de personas físicas o jurídicas nacionales, extranjeras yorganismos internacionales con buques de pabellón nacional o extranjero.

13. Promover el incremento de la capacidad deinvestigación científica y tecnológica en los aspectos de recolección yanálisis de datos, con la utilización de métodos de investigación conel fin de mejorar la conservación, ordenación y utilización sosteniblede los recursos acuáticos vivos.

14. Promover la utilización de los resultados de lainvestigación como base para establecer los objetivos de ordenación,los puntos de referencia y los criterios de comportamiento así comopara asegurar la debida vinculación entre la investigación aplicada yla ordenación pesquera, efectuando las recomendaciones pertinentessobre las capturas máximas permitidas.

15. Difundir los resultados de investigación ydesarrollo, respetando su confidencialidad, según proceda, y sudistribución oportuna, a fin que se pueda disponer de la informaciónmás fidedigna como contribución para la conservación, la ordenación yel desarrollo de la pesca.

CAPITANIA DE ARMAMENTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar los buques de investigación, manteniendosu operación efectiva de modo de asegurar su disponibilidad en tiempo yforma para la ejecución de actividades marítimas requeridas por losproyectos de investigación de la institución, de acuerdo con lasreglamentaciones nacionales y pautas internacionales.

ACCIONES:

1. Asistir a la Dirección del INSTITUTO NACIONAL DEINVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO para la utilización eficaz yeficiente de los buques de investigación del mismo y de buquescomerciales (pesqueros o de otra índole) con el fin de obtener datoscientíficos complementarios o adicionales a los que se obtienen de lascampañas de investigación que se realizan en los buques pertenecientesa este Instituto.

2. Participar en la planificación de campañas deinvestigación a efectos de cumplir con las derrotas establecidas encada una de las mismas.

3. Planificar y ejecutar el mantenimiento de losbuques del Instituto y atender los requerimientos de aprovisionamientoy reparaciones en puertos alternativos, según las demandas de losplanes de campañas correspondientes.

4. Planificar y ejecutar modificaciones y/o mejorasen los barcos y proponer las renovaciones de los mismos, sujetas a lasdisponibilidades institucionales.

5. Fiscalizar las medidas de seguridad para losbuques que se encuentren amarrados, fondeados o en varadero, así comoel cumplimiento de las disposiciones para la realización de lostrabajos a bordo de los buques.

6. Intervenir en los trámites necesarios pararealizar actividades marítimas con buques comerciales (pesqueros o deotra índole), conforme a las necesidades del organismo.

7. Coordinar con el área específica laadministración de los recursos humanos dependientes de esta unidad,interviniendo en los planes de capacitación y motivación, a efectos depreservar y desarrollar las habilidades para operar buques, artes depesca y demás elementos que requieran las actividades marítimas para lacorrecta realización de los proyectos de investigación.

8. Gestionar ante la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA elembarco y desembarco del personal científico-técnico del Instituto y deotros organismos.

9. Renovar los certificados de navegación ante la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y con las Entidades de Clasificación.

10. Aprovisionar a los buques de combustible,lubricantes, víveres y consumibles necesarios para realizar lascampañas de investigación y suministrar el equipamiento necesario(artes de pesca, muestreadores, instrumental, etc.) para realizar lasmismas.

11. Administrar y suministrar los repuestosnecesarios para el mantenimiento correctivo y preventivo de losdiferentes sistemas instalados en los buques.

12. Confeccionar los pliegos para los contratos demantenimiento en los diferentes rubros (calderería, mecánica,refrigeración, electricidad, electrónica, hidráulica y neumática, etc.)y mantener las vigencias de los mismos.

13. Supervisar las tareas de mantenimientopreventivo y correctivo de los buques tales como los trabajos en dique,línea de eje, timón, maquinaria propulsora y auxiliar, sistemaseléctricos, electrónicos, hidráulicos, neumáticos, guinches y sistemasde frío.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica