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Nota Externa 7/2003
Impuesto Sobre Los Bienes Personales
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Administracion Federal De Ingresos Publicos
Impuesto Sobre Los Bienes Personales
Impuesto sobre los bienes personales. articulo incorporado a continuacion del articulo 25 de la ley del gravamen. acciones y participaciones en el capital de sociedades comerciales. pago unico y definitivo.
Id norma: 98142 Tipo norma: Nota Externa Numero boletin: 30153
Fecha boletin: 20/05/2003 Fecha sancion: 19/05/2003 Numero de norma 7/2003
Organismo (s)
Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Notas Externas Observaciones: ABROGADA POR RESOLUCION GENERAL NRO. 2151/2006 - ART. 42 - BOLETIN OFICIAL 3/11/2006 - PAG. 16.-
Esta norma es complementada o modificada por
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Nota Externa N° 7/2003
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. Artículo incorporado a continuación del artículo 25 de la ley del gravamen. Acciones y participaciones en el capital de sociedades comerciales. Pago único y definitivo.
Bs. As., 19/5/2003
Atendiendo a inquietudes planteadas con relación al ingreso del impuesto establecido en el artículo incorporado por la Ley N° 25.585 y su modificatoria, a continuación del artículo 25 de la ley de impuesto sobre los bienes personales, se aclara que podrá utilizarse el régimen de facilidades de pago previsto por la Resolución General N° 984 y su complementaria.
Los sujetos que deben determinar e ingresar el impuesto correspondiente al año fiscal 2002, hasta el día 23 de mayo de 2003 (artículo 6° de la Resolución General N° 1497), presentarán una nota en los términos de la Resolución General N° 1128, en la que deberán manifestar el acogimiento al plan de facilidades, el importe por el cual adhieren al plan y la cantidad de cuotas.
Asimismo, de corresponder, consignarán en el formulario F. 799/E los siguientes códigos: impuesto 211 y concepto 272, y el número de cuota respectivo.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.
e.20/5 N° 415.454 v.20/5/2003
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